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A Bartolomé, preso

ArregiQuerido Bartolomé:

Hace unos días recibí tu carta, un folio de hermosa letra en mayúsculas. Más hermoso es lo que escribes. Así de hermoso debe de ser tu corazón, a pesar de todo lo pasado. A pesar de esos 24 años que me dices que llevas en esa cárcel. ¡24 años en la cárcel, Dios mío! 24 años sin pasear por la playa tomados de la mano, sin jugar con los hijos, sin subir a Bellver, sin mirar las rocas, el mar y el pla desde la sierra de la Tramuntana. Pero el cielo sí que lo miras sobre el estrecho patio y hasta en el fondo de tu lúgubre celda de preso común. El cielo lo llevas dentro y eres libre en medio de los barrotes. Tener la mirada pura y el alma sana, y ninguna palabra de queja, después de 24 años de cárcel es tu Milagro, el milagro de la Vida. ¡Gracias, Bartolomé! ¡Gracias a la Vida!

¡Qué bueno sería que tu carta llegara a los diez millones de presos como tú que hay en la Tierra, la cuarta parte de ellos en EEUU! Diez millones de presos en la cárcel, y miles de millones de presos en la calle, que nos creemos libres y justos y condenamos a otros para limpiar nuestra conciencia. ¡Qué bueno sería que te conociéramos todos, para que entre todos pudiéramos romper las cadenas de dentro y de fuera! Déjame, pues, que evoque, cite y glose algunos de tus bellos párrafos.

Cuentas que el sacerdote Mariano, en una de sus visitas habituales a la prisión, puso en tus manos un libro, que “me ha marcado y ha originado un proceso de cambio personal y espiritual”. Pues bendito sea el libro, pero el libro fue lo de menos. Las manos de quien te lo llevaron hicieron el milagro. Las manos de Mariano en tus hombros, su bondadosa naturalidad, su risueña cordialidad, te devolvieron la confianza, el sentimiento de tu dignidad. Te devolvieron a Dios, te sentiste querido, pudiste quererte. ¡Gracias, Mariano! ¡Y gracias a ti, hermana Sagrario!

Y sigues: “Durante un largo tiempo aparté a Dios de mi vida, culpándole de mi situación. Estaba lleno de ira, dolor, vacío y un sinfín de emociones negativas. Creía que Dios me había abandonado. Lo culpaba de todo”. ¡Cómo no ibas a apartarlo, si te lo habían apartado, te habían robado a Dios! ¿Quién? No lo sé… todos un poco. Te habían puesto en su lugar a un Soberano omnipotente y arbitrario. ¡Cómo no ibas a culparlo de todo, si todos los jueces y justos del mundo te culpaban, y tú no podías cargar con tanto peso! Tu rebeldía era, en el fondo de tu corazón, la propia rebeldía del Dios de la Vida contra el “Dios” de la justicia y de la culpa, del perdón y del castigo. Dios es inmensos ojos dulces, llenos de misericordia, que nunca vieron en ti al culpable, sino al herido. Dios es inmensa Ternura sanadora que nunca te abandonó, nunca jamás nos abandona. Es Presencia buena, eterno Ángel Bueno que nos acompaña y restaura.

“Cuando comencé a leer (…), me llené de lágrimas. Entendí lo equivocado que estaba. Dios siempre estuvo a mi lado. Necesitaba reconciliarme con Él y así lo he hecho”. Lo más profundo de ti era el Espíritu de Dios o de la Vida y no estaba equivocado dentro de ti. Dios no necesitaba reconciliarse contigo; tú necesitabas reconciliarte contigo, o con el Misterio Bueno de la Vida en el fondo de ti. Te dejaste iluminar por su luz, por tu Luz, llena de consuelo. Luz que enjuga las lágrimas, llena de gozo.

“También pedí perdón a los que hice daño. He llorado de emoción y tengo un sentimiento de paz que no conocía”. ¡Oh, el daño! A ti también te hicieron daño, pero hoy no sabrías a quién culpar por ello. La culpa no es la cuestión, sino el daño y su alivio. No sé cuál fue tu delito, ni me importa. No conozco tu historia, pero sé de antemano que si tú hiciste daño es porque tú mismo estabas herido, que no eras en verdad tú mismo, y que yo en tu lugar hubiera hecho lo mismo que tú o incluso peor. Pero eso tampoco importa mucho. Aquel daño en tu ser que te llevó a hacer daño ya está curado en ti. Ése es el milagro de la Vida. La paz es su ungüento y su testigo. ¡Ojalá esté curado también, en cuanto sea posible, el daño que hiciste a otros, ojalá que el Milagro se haya dado también en ellos! Pero una cosa es cierta: su daño no se curará porque tú sigas en la cárcel. Que todas las heridas se curen: he ahí lo que importa. ¿Cómo es posible que no lo entendamos aún?

Es una casualidad que te esté escribiendo estas líneas hoy, el día en que muchas víctimas de terribles daños se manifiestan en las calles con inmensa ira porque decenas de presos vayan a salir a la calle, al haber sido derogada por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo la doctrina Parot, que prolongaba injusta y retroactivamente la pena de los presos. Alguien ha llegado a decir que su único consuelo era ver a sus victimarios en la cárcel. Otros han gritado “Ni olvido ni perdón”. Solo una herida todavía sangrante puede explicar que hablen así. Pero así no se curarán. Solo nos queda acompañarlos con gran pena. Y también, aunque no sé cómo, nos toca ayudarles a ver que una injusticia no se puede reparar con otra, que una herida no se puede curar con otra, y que su dolor solo se aliviará en la medida en que vayan abriendo su corazón al bálsamo de la Paz, la Paz que los habita a pesar de todo.

A todos ellos y a todos nosotros,  y a ti, amigo Bartolomé, de todo corazón: Paz y Bien.

Para orar

“Gracias a la vida…” cantaba Violeta Parra.
Gracias a la luna , porque enciende el mar y nos recuerda los peligros
de caminar al borde del acantilado;
gracias a los melocotones, porque nos recuerdan
que la vida no es un hueso que se pueda tragar;
gracias al bosque nocturno, porque nos da opción
de escapar a las cámaras de seguridad;
gracias a la melodía de violines lejanos,
por traernos perfumes de manzanas maduras
y la armonía de las ansias en otoño.

“Gracias a la vida…”
Gracias a la naturaleza porque nos ayuda a aliviar
nuestra tremenda soledad;
a los trigales de los campos, por traernos murmullos
de una música distinta;
a la luz naranja del sol,
por empaparnos el corazón;
a las flores del verano,
porque peinan las laderas de las montañas
como si fueran coletas de muchachas;
al aroma de café,
porque nos recuerda los rostros de viejos amigos.
“Gracias a la vida…”
porque los poemas y las palabras bellas
no permiten que la oscuridad nos coma del todo.

(Patxi Ezkiaga, traducido del vasco por el autor)

10 comentarios

  • Antonio Vicedo

     
    -Hermosa la carta de Bartolomé, José, y hermoso, profundo, oportuno y bálsámico tu mensaje de respuesta al hermano preso.
     
    Pero esto que te cito: “- la doctrina Parot, que prolongaba injusta y retroactivamente la pena de los presos. Alguien ha llegado a decir que su único consuelo era ver a sus victimarios en la cárcel. Otros han gritado “Ni olvido ni perdón”. Solo una herida todavía sangrante puede explicar que hablen así.”. es para matizarlo en lenguaje familiar de la global hermandad humana que incluye también a las víctimas y a tod*s l*s que compartimos, aunque en agudeza desigual, sus repercusiones y dolor.
     
     
    Cierto que la real y verdadera hermandad humana debe ser siempre el suelo y clima en el que se desarrollen cualesquiera relaciones entre personas, desde las del más puro AMOR, hasta las más perversas y criminales actitudes de odio, y egoísmos ; lo que supone nunca identificar al ser con el hacer humanos, pero como en el hacer es donde se concreta lo que repercute en desajuste relacional para repararlo en lo posible se hace necesario el proceso de ajuste en el que tiene la razón de ser de la Justicia que merezca su propia esencia de ajustar lo desajustado.
     
     
    Y aquí es donde hay que situar, con toda la delicadeza posible, las reales relaciones entre las víctimas y los delincuentes pidiéndoles a ambos lo que a es propio y necesario que aporten para que el ajuste fraterno quede restaurado de modo óptimo.
     
    Al delincuente suele la Justicia, en aplicación de las leyes oportunas, aplicarle penas; para las víctimas sus penas se han concretado en los mismos delitos que, si son mortales, entrañan carácter definitivo por ser la pérdida de la vida, irreparable.
     
    Ambas situaciones, las de los delincuentes y de las víctimas, han de ser tenidas muy en cuenta, para que el desajuste delictivo no se resuelva justamente, sino, a modo de chapuza.
     
     
    Siendo el crimen mortal pena máxima y definitiva para las víctimas, lo justo es que a l*s culpables, las Leyes y la Justicia les apliquen el máximo castigo, siempre que no llegue a convertirse la sentencia en delito por la ejecución de un nuevo crimen mortal.
     
    El delincuente, ante su delincuencia puede reconocerla como desorden y arrepentirse de ella, lo que le permitiría dejar de ser delincuente a partir de ese momento, o seguir empecinado en su autoría criminal, con lo que su criminalidad se convertiría en permanente.
     
     
    La Justicia ante esas dos actitudes debe asegurar su proceder con la posibilidad de rebajar la pena total en proporción al retroceso de la actitud violenta, o de mantenerla totalmente en caso de empecinamiento sin real arrepentimiento.
     
    Todos estas posibilidades deben quedar claras y meticulosamente diáfanas en las leyes y normas penitenciales, evitando o ejecutando: prescripciones, retro-activaciones, mitigaciones penales, e incluso indultos.
     
     
    Las víctimas, por exigencia de humanismo, tienen que conformarse con la penalización de los delitos que la sociedad establezca en sus leyes y sentencias, y estar en disposición de perdón, nunca de venganza, condicionado a su libre generosidad, o al verdadero arrepentimiento del delincuente

  • Ludovico

    Olvera, yo sí lo dejo realmente. No habla de penas sino de remisión. Muy buena la distinción.Yo creía que la remisión era siempre… de una pena. Ahora por lo visto se refiere a la remisión de los pecados o sepa Dios qué. No sigo por ese camino, pues no me gusta caer en derroteros descalificadores.

    Parece una cosa clara, al menos para mí. Usted no distingue entre derecho y justicia. Yo sí. Para usted justicia parece dimanar del derecho, para mí es anterior.

    Tengo amigos descendientes de cristeros. A alguno le obligaron a dejar nada menos que el Instituto Mexicano de Cardiología. Otros hubieron de huir. Hace algunas décadas que parece que las cosas han cambiado bastante. Los juicios sumarísimos estaban a la orden del día. Si juicio, ley. Cierto, conozco mejor la historia de la ciencia de México (fui director de una revista científica de su país) que la historia de la praxis judicial. Pero la cautela “me imagino” no significa nada más que no tengo el código civil delante, no que ignore la praxis.

  • Rodrigo Olvera

    “Sentencias contra los cristeros”, “legalidad hubo, me imagino”  frases indicadoras de una mente científica, sin duda. ¿Me puedes dar alguna referencia de alguna sentencia contra cristeros que apoye tu imaginación?  Hasta donde sé, en el caso de los cristeros los que no murieron en combate, fueron ejecutados extrajudicialmente; lo que era ilegal.
     
    La sentencia no dice que las penas no son concordes con el derecho positivo. De hecho, dedica muchos párrafos a aclarar que las decisiones sobre remisión son diferentes a las decisiones sobre penas. La sentencia no es sobre las penas impuestas, sino meramente sobre la apliación de medidas de remisión. ¿De verdad leíste la sentencia?
     
    El tribunal dice que doctrina Parot es ilegal al interpretar la forma de contabilizar los años de remisión de manera que en los hechos no se obtenga ningún efecto práctico de anticipación de liberación (cuestión de legalidad) y que las cuestiones de política criminal aducidas por el gobierno no JUSTIFICAN el desviarse de los precedentes judiciales anteriores que contabilizaban los años de remisión a partir del tiempo efectivo de pena máxima que era 30 años (cuestión de justicia).
     
    Tú estás afirmando que ninguna persona con sentido común puede afirmar que fue una prolongación injusta. Lo que significa que lo que tú consideras que es justo o injusto es lo que toda persona debe afirmar también. Pues no. Lo que tú consideres justo o injusto no impide que otras personas opinen diferente. A menos que fueras tú el centro del universo que define universalmente lo que es justo y lo que es injusto. Pero no lo eres.
    Bueno, aquí lo dejo.

  • Ludovico

    El Tribunal no entra en si esas penas son o no justas o proporcionadas. Sino que declara que no son concordes con el derecho positivo, el que dimana del legislador. 

    No me creo el centro de nada, ni siquiera como dicen por aquí de la república de mi casa.  El centro es la justicia, entendida como dar a cada uno lo que es suyo.

    Por supuesto que no acepto que una ley por ser legal es justa. Ni de lejos. Legalidad hubo, me imagino, en las sentencias contra los cristeros en su país. Pero que no eran más que asesinatos so capa de legalidad tampoco me cabe la menor duda,

  • Rodrigo Olvera

    Reitero: la sentencia del Tribunal Europeo se pronuncia expresamente sobre que las razones de política criminal no son suficientes para justificar privar a una persona condenada del derecho a la remisión de penas a que tenía derecho por disposición legal.
    Y tú no eres el centro del universo como para que si A TI te parece justo que se viole la ley para prolongar la detención más tiempo del legal, éso signifique que ninguna persona pueda considerar que era una prolongación injusta de la detención.

  • Ludovico

    Olvera, gracias por la atención prestada. tengo la pésima costumbre de leerme todo cuanto interpreto. Como usted reitera, el Tribunal se ciñe al carácter material de la ley, que yo resumía en la retroactividad para ceñirme a las dos cuestiones del autor del post: justicia y retroactividad. La ilegalidad no es siempre injusticia. Sobre la legalidad se pronuncia (de ahí mi referencia al derecho procesal), no sobre la Justicia de la condena debida.

    La justicia se sitúa más allá del leguleyismo;  este de hecho, en numerosas ocasiones, es la perversión de la justicia, como se demuestra en tantas absoluciones de reos manifiestamente culpables que, por defecto de forma y otras argjucias, quedan exonerados de la pena debida. Yo creo que en el caso de los asesinos múltkiples es clamorosamente injusto que paguen por crimen cometido menos que lo que pueda padecer un ladrón de gallinas reincidente. Ante esa injusticia clamorosa, me produce vértigo ceñirse a la retroactividad y otras argucias leguleyas. No olvidemos que todas las leyes son legales, en tanto en cuanto dimaman de un legislador debidamente constituido (Parlamento, etc.). Pero hay leyes objetivamente perversas aprobadas por esas mismas instancias legislativas. Y los jueces dictaminan a tenor de las leyes aprobadas, sean  justas o injustas, pues son legales.

  • Cuentas que el sacerdote Mariano, en una de sus visitas habituales a la prisión, puso en tus manos un libro, que “me ha marcado y ha originado un proceso de cambio personal y espiritual”. Pues bendito sea el libro, pero el libro fue lo de menos. Las manos de quien te lo llevaron hicieron el milagro. Las manos de Mariano en tus hombros, su bondadosa naturalidad, su risueña cordialidad, te devolvieron la confianza, el sentimiento de tu dignidad. Te devolvieron a Dios, te sentiste querido, pudiste quererte. ¡Gracias, Mariano! ¡Y gracias a ti, hermana Sagrario!

  • Rodrigo Olvera

    Perdón, en el primer párrafo son dos motivos, a) y b); y no como dice de tres motivos a), b) y c)

  • Rodrigo Olvera

    La demanda al Tribunal Europeo alegaba tres motivos para considerar a su continua detención  como violación de la Convención sobre la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales: a) que la continuación de su detención es ilegal, en violación al artículo 5 de la Convención; y b) y c) que la continuación de su detención era debida a la aplicación retroactiva de una nueva aproximación de la Supremo Tribunal, en violación al artículo 7 de la Convención [párrafo 3 de la sentencia]. Es decir, no se discutió únicamente si se prolongó retroactivimante la detención sino si se prolongó legalmente.  Si la sentencia sólo condenara la retroactividad, como afirma Ludovico, sólo habría establecido violación al artículo 7 de la Convención. Pero de hecho estableción violación al artículo 7 y al artículo 5 de la Convención.
     
    La sentencia del tribunal europeo es clara en señalar que el artículo 7 de la Convención no se limita a la no retroactividad penal , sino que también encarna el principio de que solo la ley puede definir el delito y establecer la pena, lo que significa que la ley penal no debe ser interpretada extensamente en perjuicio de la persona acusada [párrafo 78]. En consecuencia, la sentencia establece que el Tribunal debe verificar que el castigo impuesto no exceda los límites fijados por la ley [párrafo 80]
     
    Más adelante, la sentencia es clara en señalar que la aplicación de la doctrina Parot priva de efectos prácticos la remisión de sentencia por trabajo realizado a la que la reclamante tiene derecho por ley [párrafo 107]; con la consecuencia de que la doctrina Parot modifica el alcance de la pena establecida por ley, pues la ley aplicable a la reclamente establece una pena de 30 años a la que se le puede aplicar remisiones y con la doctrina Parot la pena es de 30 años efectivos sin aplicación efectiva de remisiones [párrafo 108]. Es decir, no sólo viola el artículo 7 de la Convención por ser retroactiva, sino porque significa en los hechos privar de un derecho establecido por ley sin causa justa.
     
    Textualmente, la sentencia dice que “Por último, el Tribunal es de la opinión que las condiciones de política criminal en que se basó el Tribunal Supremo [al establecer la doctrina Parot y que son las causas que también argumenta acá Ludovico para decir que la prolongación de la detención no es injusta] no son suficientes para justificar semejante desviación de los precedentes …esta desviación de los precedentes tuvo el efecto de modificar el alcance de la pena impuesta” [párrafos 116 y 117, traducción propia no oficial, respecto de la sentencia original en inglés]
     
    En el resolutivo, se establece que hay una violación del artículo 7 [votación de 15-2] y que hay una violación del artículo 5 [votación unánime]. Es decir, respecto de la irretroactividad no hubo unanimidad; pero respecto de la ilegalidad de la continuidad de la detención hubo unanimidad.
     
    Me pregunto si Ludovico siquiera leyó la sentencia antes de opinar cual es el sentido de la sentencia. Y respecto de asegurar intencionalidades ajenas que no se conocen, yo esperaría que fuera un hábito extraño a quien desarrolló su vida profesional a la aplicación del método científico.  Sorpresas que da la vida.

  • Ludovico

    Arregi, un teólogo, que digo un teólogo, una persona con sentido común no puede decir que la doctrina Parot prolonga injustamente la pena. La prolonga retroactivamente, pero lo que no es justo es que asesinos múltiples (Del Río, Troitiño, etcétera) paguen un año por asesinato. El tribunal de Estrasburgo ha rechazado que se aplique retroactivamente, en virtud de un hábito procesal casi universalmente admitido. Pero no rechaza, ni mucho menos, que el asesinato múltiple se pague de manera diferente que el asesinato único. Por sentido común. Por sentido de la justicia,

    ¿Tan errada teneis la conciencia en el Norte que os lleva a semejantes disparates? ¿Tanto odio guardais a las víctimas que no respetáis ni siquiera su dolor ofendiendo sus naturales sentimientos de justicia plena, a la que llamais venganza? ¿Tan obnubilada teneis la mente que aplaudís esa injusticia?

    Gracias a la vida, que me ha dado tanto. Me ha dado la risa, me ha dado el llanto. Pero lós asesinados no podrán ya pronunciar el nombre del hombre o de la mujer que amo.

    Malas entrañas, Arregi.