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DADA CUENTA del domingo 19/12/2021

 UNO.- Una familia afgana de catorce miembros. El padre de familia tiene legalmente dos esposas. En 2016 dejaron su país de origen, Afganistán. Antes de llegar a Croacia, viajaron por Pakistán, Irán, Turquía, Bulgaria y Serbia. El 21 de noviembre de 2017 la primera esposa y sus seis hijos, entraron en Croacia desde Serbia junto con un “pasador”, hombre adulto. El padre de los niños, su segunda esposa y sus restantes hijos permanecieron en Serbia, a la espera del pasador que les correspondiera facilitado por la organización de traficantes de migrantes. Los policías croatas se acercaron al grupo mientras descansaban en un campo. El grupo dijo a los policías que deseaba solicitar asilo, pero los agentes ignoraron su petición, les ordenaron subir al vehículo y los llevaron a la frontera. En la frontera, los policías les dijeron que volvieran a Serbia siguiendo las vías del tren.

El grupo comenzó a caminar y, al cabo de varios minutos, un tren pasó y atropelló a uno de los niños, MAD.H. Los agentes de policía con los que habían estado hablando previamente los llevaron a la estación de tren de Tovarnik, donde un médico determinó que MAD.H. había muerto. El grupo fue obligado a regresar entonces a Serbia, con la niña muerta. Estos son, resumidos por mí de una resolución judicial de 144 páginas, los hechos que considera probados la Sentencia de 18 de noviembre de 2021 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y sus consideraciones para llegar al fallo.

El Tribunal constata que la descripción de los demandantes de los acontecimientos del 21 de noviembre de 2017 fue específica y coherente durante todo el período posterior a la muerte de MAD.H. La devolución se produjo en horario nocturno, en invierno, sin que fueran entregados a los funcionarios de ese país, y sin ningún tipo de procedimiento oficial. El Tribunal conoce un gran número de informes de organizaciones de la sociedad civil, de estructuras nacionales de derechos humanos y de organizaciones internacionales relativos a devoluciones sumarias de personas que entran clandestinamente en Croacia hasta las fronteras con Serbia y Bosnia y Herzegovina, donde son obligadas a abandonar el país. Entre otros, informes del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los migrantes. Las devoluciones sumarias se realizan supuestamente fuera de los pasos fronterizos oficiales y sin ninguna notificación previa a las autoridades del país al que se devuelve a los migrantes. El Tribunal afirma que la investigación penal interna de Croacia no cumplió los requisitos del artículo 2 del Convenio. Sin embargo, el Gobierno croata no ha presentado ni un solo argumento capaz de refutar los anteriores indicios aportados por los demandantes.

Considera veraz que el 21 de noviembre de 2017 los agentes de policía croatas devolvieron a la primera demandante y a sus seis hijos a Serbia sin tener en cuenta su situación individual. También que el hecho de que la primera demandante y sus seis hijos –ya sin el pasador que se cita en los hechos al comienzo– entraran irregularmente en Croacia y fueran detenidos a las pocas horas de cruzar la frontera y posiblemente en sus inmediaciones no excluye la aplicabilidad del artículo 4 del Protocolo nº 4. Para que una expulsión se califique de “colectiva” se exige la ausencia de “un examen razonable y objetivo del caso particular de cada uno de los extranjeros del grupo”. Con la información de que dispone, la Corte no puede determinar si en el momento en que se produjo el hecho, el Estado demandado proporcionó a los demandantes un acceso real y efectivo a los procedimientos de entrada legal en Croacia, en particular con el fin de solicitar la protección prevista en el artículo 3. Por tanto, considera que el traslado a Serbia de los demandantes el 21 de noviembre de 2017, fue de carácter colectivo, en violación del artículo 4 del Protocolo nº 4 del Convenio.

En virtud del artículo 8, la sentencia reconoce que el interés superior del niño no puede limitarse a mantener a la familia unida y que las autoridades tienen que tomar todas las medidas necesarias para limitar, en la medida de lo posible, la detención de familias acompañadas de niños y preservar efectivamente el derecho a la vida familiar. Ninguna detención que sea arbitraria puede ser compatible con el artículo 5 § 1, y la noción de “arbitrariedad” en ese contexto va más allá de la falta de conformidad con el derecho nacional: una privación de libertad puede ser legal en términos de derecho interno, pero aún así ser arbitraria y, por tanto, contraria al Convenio.

El Consejo de Europa, pide a los Estados que cesen o erradiquen rápida y completamente la detención de niños por motivos de inmigración; en consecuencia, la Corte sostiene que la detención de niños pequeños en condiciones inadecuadas en el contexto del artículo 3, puede por sí sola conducir a la constatación de una violación del artículo 5 § 1, independientemente de si los niños estaban acompañados por un adulto o no. La sentencia afirma que Croacia violó el Convenio, no realizó una investigación penal interna conforme a los estándares exigible en países de la UE y condena al Estado croata a pagar una indemnización a los padres de la niña muerta. Digo que ante las reiteradas afirmaciones sobre las raíces cristianas de Europa que hay que hay que preservar porque las están haciendo desaparecer fuerzas en presencia en el continente, me permito recordar que según el censo más reciente el 87,8% de los croatas se confiesa católico. El primer Estado que reconoció a Croacia como estado independiente en 1991, tras todo lo que había ocurrido durante la segunda guerra mundial donde las parroquias mismas contribuyeron a la persecución de los judíos fue el Vaticano. El “santo súbito” visitó cuatro veces, pastoralmente, el país durante su vida mortal.

 

DOS.- En Dinamarca, hablando también de raíces cristianas, donde un 83% de ciudadanos se declaran miembros de la Iglesia estatal del pueblo danes, luterana, y 1% se profesa católico, un tribunal especial compuesto por 26 jueces, la mitad de ellos magistrados del Tribunal Supremo del país, acaba estos días pasados de condenar a dos meses de prisión incondicional a la exministra de Integración e Inmigración que ejerció su cargo entre 2015 y 2019. La señora Inger Stojberg ha sido condenada por ordenar como ministra la separación de parejas de refugiados solicitantes de asilo en el país en las que uno de sus miembros fuese menor de edad y, por tanto, deben ser alojados en lugares distintos. El tribunal especial ha considerado ilegal semejante orden que era de obligado cumplimiento en virtud de las competencias de la ministra pues esa práctica impuesta durante un mes al menos, en 2016, viola a Convención Europea de Derechos Humanos y las leyes danesas. Afectó a 23 parejas. La sentencia no es recurrible y la convicta y condenada podrá cumplir los dos meses de prisión sin ingresar en ella a cambio de llevar una tobillera electrónica al tratarse una pena inferior a seis meses. El juicio, que tiene carácter político, es el único posible contra un ex miembro del gobierno por hechos cometidos durante su mandato, se ha celebrado tras treinta años anteriores. El proceso lo inició un matrimonio sirio en el que la esposa tenía 17 años cuando llegaron a Dinamarca. En 1995 un ministro fue condenado a cuatro meses de cárcel por negar la reagrupación familiar a refugiados tamiles. Quienes defendemos aquí a migrantes añoramos las leyes danesas referidas a los miembros de los distintos gobiernos que hemos tenido tras la muerte de don Francisco y que han estado encargados de inmigración.

 

TRES.- Escribí aquí sobre la empresa farmacéutica Purdue, norteamericana. La juez federal del distrito sur de Manhattan, Colleen MacMahon, ha anulado el acuerdo pactado entre la familia Sackler –propietaria de la compañía– y estados, comunidades locales y personas particulares para evitar ser llevados a juicios de reclamación indemnizatoria al haber abonado 4.500 millones $ en un procedimiento por quiebra. Les informé entonces de las características del analgésico OxyContin y de su contenido en opiáceos con efecto de fomentar la adición a esa droga y las muertes producidas. La familia Sackler ocultó 10.000 millones $ de los que había ganado con la venta de ese producto y los ingresó en paraísos fiscales en los que los Estados Unidos no pueden actuar legalmente. La magistrada federal ha anulado el pacto haciendo notar que el juez de la quiebra –del orden jurisdiccional mercantil en nuestro derecho procesal interno– no tenía competencia legal para aceptar un pacto que limitaba los derechos de las víctimas y sus herederos a reclamar en vía civil o penal las indemnizaciones a que tuvieran derecho. La resolución de la jueza MacMahon tiene 142 páginas. Los demandantes ante la corte federal de Manhattan han acogido la sentencia con enorme satisfacción. Y el fiscal general del Estado de Connecticut, donde se había iniciado la demanda, ha afirmado: “Esta en una victoria sísmica para la justicia y la responsabilidad que reabre un pacto profundamente imperfecto de la bancarrota de Purdue y obliga a los Saeckle a afrontar el dolor y la devastación que han producido”.

 

CODA.- Selga y Cano, son dos arquitectos españoles, pareja sentimental y vital de ambos sexos, presentaron en Copenhague una estructura original en en concurso sobre habitáculos para Second Home (segunda vivienda). Tras ser expuesto en un museo de la ciudad, fue enviado, de acuerdo con sus creadores al barrio de Kibera, el más pobre de Kenia, donde debidamente adaptado por nuestros dos jóvenes compatriotas fue dedicado a colegio donde estudian 150 niños huérfanos (la Universidad de Nairobí estima que en Kenia hay 1.780.000 huérfanos menores de edad). El colegio Kibera Hamlet (algo así como Aldea de Kibera) está instalado en Katwekera Village en Kibera, formada exclusivamente por casas de barro, donde la estructura elegante y airosa de la obra imaginada, diseñada, creada y adaptado por Selga y Cano se alza, iluminada en la noche, cargada de atractivo. El colegio fue fundado por una organización comunitaria llamada Kibera Hamlet College que ha atendido desde 2004, a 2.500 jóvenes entre 7 y 26 años (el 60% de los cuales son huérfanos y un 20% seropositivos). Funciona exclusivamente con profesores y educadores voluntarios, sin remuneración alguna, lo que obliga a organizar todo a base de turnos rotatorios en dependencia de los horarios de trabajo remunerados en universidades y colegios de Nairobi donde trabajan dichos voluntarios.

 

BUENA PASCUA DE NAVIDAD.- “Confiad siempre en el Señor/ porque el Señor es la roca perpetua/ Doblegará a los habitantes de la altura/ a la ciudad elevada/ la abatirá/ la abatirá/ hasta el suelo/ hasta tocar el polvo./ la pisarán los pies,/ los pies del oprimido,/ los pasos de los pobres”. Isaías 26, 4-6.

 

6 comentarios

  • Javiierpelaez

    Como yo no veo series de esas por canales de pago me dedico a ver a House. El otro día vi un capítulo bastante curioso de un médico norteamericano que trabajaba en el Tercer Mundo con gente con tuberculosis y que era mundialmente conocido(iba para el Premio Nobel de La Paz) y resulta que el hombre enferma y claro va a la clínica de House donde se plantea todo el Vademecum de enfermedades…En un momento determinado se plantea la hipótesis de que sea tuberculosis y el tío se niega al tratamiento por motivos de conciencia porque es un tratamiento del que carecen en el Tercer Mundo los pacientes que él trata…Medio moribundo convoca a toda la prensa en su habitación…y luego ya se sabe cómo va esto de House el tío tenía un cáncer diminuto en el riñón que House detecta…Yo ,que soy la versión española de Ghandi ,useáse el Don Erre que Erre de Paco Martínez Soria, visto que dicen que la dosis completa de Pfizer que me han puesto (AstraZeneca es distinto) tiene una efectividad del 70 por ciento contra omicrón,me niego en redondo a ponerme la dosis de refuerzo en tanto no vea que circulan dosis para el Tercer Mundo…Ruego se abstengan las cámaras de ir al Hospital Ramón y Cajal,entre otras cosas porque no pueden entrar por el Covid salvo para entrevistar a César Carballo ….Vayan contratando a House…(ja,ja,ja)….Me voy a ir preparando un traje estilo Gandhi ,pero que se me vea el culo como a todo buen paciente,por si mi ingresan…

  • Javiierpelaez

    Incluso si eres una minoría de uno solo la verdad sigue siendo la verdad…Gandhi…Es el inconveniente que tiene buscar las frases en los repertorios de Google ,en vez de leer a Gandhi(que lo leí en su día).Metes las frases con calzador…Lo que quiero decir es que contra la barbarie,aunque seas uno solo,la verdad es la verdad…

  • Javiierpelaez

    En general las personas individuales podemos màs de lo que creemos contra la barbarie global en la que vivimos…Pueden las personas que ponen esos pleitos,pueden sus abogados,tb pueden los tribunales(aunque para ser francos a mí las resoluciones del TEDH me parecen siempre cortas para el daño que se hace a las víctimas,es el inconveniente de esta jurisdicción internacional,es en los términos que han aceptado los Estados,sentencias tardías y con pocos efectos),los tribunales estadounidenses dan buenas hostias y los daneses parece que tb(una exministra con tobillera electrónica,según leo…).Tb pueden las personas de la CODA…En definitiva,las personas podemos más de lo que creemos…Ahora Alberto nos das unos domingos ……Y luego voy a citar a Ghandi ,pero lo tengo que buscar….

  • mª pilar

    Quería decir:

    Dada cuenta…Disculpas.

  • mª pilar

    Leyendo la Coda de hoy…el silencio me embarga..:

    ¿Esta humanidad carece de corazón-entrañas de misericordia?

    Gracias, por el deseo de una pascua llena de amor y misericordia en Él.

  • Juan A. Vinagre

    El contraste entre los nºs 1, 2 y 3  y la Coda refleja nuestra realidad: ¡Esto es el hombre!

    Pese a todo, siempre cabe la esperanza de que el ser humano entre en razón y en bondad inteligentes, y corrija y renueve de verdad… (y no se quede solo en palabras.)    Me uno a esa Buena Pascua de Navidad y a la esperanza de un año nuevo -un poco menos malo-, que nos haga recapacitar como grupo humano. Con frecuencia las tormentas enseñan más -e invitan más a la reflexión y al cambio- que los estados de bonanza…