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La causa contra el juez Garzón : un insulto para la democracia española

Atrio ya planteó la discusión hace unas semanas sobre el acoso al juez Garzón. Pero el auto del juez Varela ha hecho de esta cuestión noticia de cabecera en toda la prensa mundial.

Ya no se trata de la no aceptación de su teoría sobre los crímenes contra la humanidad. Si no de que por haberla intentado aplicar, hasta que el Tribunal Supremo la rechazó, se le condene de prevaricación. Se convertiría así en el primer condenado por la causa contra el franquismo.


Camino del banquillo

 

La causa a Garzón por el franquismo reviste una simbología insultante para la democracia

Se consumó. La decisión del juez del Tribunal Supremo Luciano Varela de proceder contra Baltasar Garzón como autor de un delito de prevaricación por su intento de investigar los crímenes del franquismo, a instancias de familiares de víctimas que yacen todavía sin identificar en fosas comunes, sitúa al juez de la Audiencia Nacional en el camino directo hacia el banquillo de los acusados. Y a un paso de ser suspendido en sus funciones, consecuencia última de la querella interpuesta por el sindicato ultraderechista Manos Limpias y Falange Española de las JONS.

Garzón tiene la posibilidad de recurrir a la Sala Segunda del Supremo. Pero se trata de la misma sala que admitió a trámite, por considerarla ab initio una hipótesis no arbitraria, ilógica o absurda, la querella por prevaricación contra el juez y que acaba de rechazar su recurso de sobreseer la causa. No parece probable que cambien de criterio.

Garzón se sentará en el banquillo por haber intentado, no desde una teorización meramente imaginativa del derecho sino desde el ejercicio jurisdiccional que corresponde al juez penal, dar satisfacción a familiares de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura que no aceptan como normal y acorde con el Estado democrático que sus restos sigan sin identificar en fosas comunes. Algo que no dejará de causar preocupación y estupefacción en países europeos que también vivieron la terrible experiencia de regímenes dictatoriales en épocas todavía no lejanas.

Tras el ropaje jurídico que la envuelve, la causa contra Garzón reviste una simbología provocadora e insultante para la democracia española. Lo es, en primer término, para la memoria de las innumerables víctimas del franquismo, no pocas producidas en los años finales de la dictadura y de las que muchos españoles de hoy guardan un recuerdo vivo y directo. También, seguramente, para algunos magistrados del Supremo que vivieron en su juventud la cercanía de esos crímenes y lucharon por un régimen de libertades que los hiciera imposibles y una justicia que garantizase su no impunidad. ¿Cómo pueden permanecer impasibles ante el desatino de la causa contra Garzón?

Insiste el instructor Varela en que Garzón intentó asumir el asunto de las fosas, “dentro de un proceso penal cuya artificiosa incoación suponía desconocer principios esenciales del Estado de derecho, como los de legalidad penal e irretroactividad de la ley penal desfavorable, además de implicar el desconocimiento objetivo de leyes democráticamente aprobadas, como la de amnistía”. Pero es lo que está en discusión, no sólo en el ámbito de la teoría jurídica sino en la jurisdicción. Sorprende cada vez más, por ello, que el Supremo diera más valor desde el principio a la hipótesis prevaricadora para explicar la conducta de Garzón que a su contraria, no obstante estar avalada por el ministerio fiscal, y que con tan endeble fundamento diera curso a una querella cuya motivación ideológica es evidente.

Editorial de El País 8/4/2010

182 comentarios

  • Rodrigo Olvera

    Hola Pepe

    De acuerdo contigo en que no son excluyentes ni independientes el problema del paro y la supervivencia de elementos del franquismo.

    En el ámbito de Derechos Humanos, se distinguía antes (todavía mucha gente lo hace) entre “Derechos Civiles y Políticos” y “Derechos económicos”. Muchas personas insistimos en “Todos los derechos para todas las personas” (yo pertenezco, entre otras, a una Red que precisamente se llama Todos los Derechos para Todos y Todas). Esta división estaba muy marcada por la guerra fría, como si los Derechos Civiles y Políticos fueran “capitalistas y del primer mundo” y los Derechos Económicos fueran “socialistas y del segundo mundo”. Quizá por ello es que desde el tercer mundo, donde no se nos han respetado ni los civiles ni los políticos ni los económicos, que inició la crítica a esta visión maniquea.

    Pues bien, en aquellos años en que iniciamos la lucha por una visión cerdaderamente INTEGRAL de los Derechos Humanos (y aquí digo iniciamos en forma técnica, porque al menos en México yo fui de los impulsores, estoy hablando de hace casi 10 años), uno de los principales argumentos que yo invocaba a quienes les parecía más importante la defensa de las “libertades civiles” que la defensa de condiciones satisfactorias de trabajo (y que nadie me rabatía) era que la mayoría de las violaciones a derechos civiles y politicos tenían como FINALIDAD mantener un sistema económico. Y viceversa, que la continuidad de un sistema político.económico que atenta contra los más elementales derechos económicos, sociales y culturales sólo se ha podido sostener violentando los derechos civiles y políticos de la población.

    En concreto, el problema del paro sabemos que no es sólo un “daño colateral” sino parte indispensable del sistema actual: es necesaria una masa crítica de desocupación, para poder impulsar a la baja los “costos de producción vinculados al trabajo”  (entiéndase precarizar los derechos laborales), como estrategia fundamental para mantener e incrementar el margen de ganancia económica en época de consumo restringido.  El problema del paro no es accesorio sino esencial al sistema de producción actual; sistema que se ha sostenido a sangre y fuego, incluyendo España. Y no es figura retórica lo de sangre y fuego, ahí están las fosas comunes y los desaparecidos en cunetas y cavernas por toda la península.

    Saludos

  • Amigo y camarada Pepe Sala:

    En algo estamos sin duda de acuerdo, en exigir la III República. Porque, aunque se han aclarado bastante, siguen siendo aguas pútridas. Nuestras aguas sociales. Así pasa lo que pasa con Garzon.
    Exijamos la III República, y todo lo demás, lo obtendremos por añadidura. Verías que pronto, entonces, se ponía todo en su sitio. Entre otras cosas. Franco no descansaría en su “cuelgamuros”. y los restos de los fusilados, los tendrían sus familiares. Se les restablecería el honor a los muertos, y por añadidura a sus familiares. Y los “ninguneados” serian los fascistas y monárquicos.
    Afortunadamente los restos de mi padre “rojo” y de mi abuelo “rojo”, están dignamente enterrados. Pero me pongo en situación, de los familiares de rojos fusilados, y es una inadmisible situación de deshonor.
    La III República, para los vivos, y por extensión, también para los muertos. No nos lamentemos mientras tanto, de algunas cosas que nos pasan.
    Mientras tanto, seguiremos viviendo en una sociedad, fruto de nauseabundas componendas. Posiblemente, los padres de la Constitución que tenemos, hicieron lo que pudieron en el momento de pactar. Ahora somos nosotros los que debemos plantear otro pacto constitucional. porque con lo que tenemos, los franquistas, no solo se irán de rositas, sino que siguen jodiendo.
    Los restos de nuestro muertos fusilados, se revuelven en sus tumbas. Y nos dicen donde nos encontramos de verdad. Y la mentira que vivimos todavía.

    VIVA LA TERCERA REPÚBLICA

    (Esto que propugno, creo que quedará en segundo termino, ante lo que se nos avecina…)

  • pepe sala

    Amigo Luis Troyano:
     
    Creo que el problema es exactamente el mismo:
     
    “”Lo digo porque como todos sabemos, hay muchos “muertos” vivos. Los desempleados. Opino que este tema es mas urgente.””
     
    En un porcentaje elevadísimo, los mismos estamos en los mismos lugares. No creo qeu Botín, Fraga Iribarne, Martín Villa, Blas Piñar. la familia Franco, etc, etc, etc… tengan ningún temor al paro obrero ni a la crisis que durará lo que tú quieras, pero a ellos les beneficiará.
     
    Y, por supuesto, que lo más urgente es la supervivencia cuotidiana; pero éso no debería evitar reivindicaciones de justicia hacia nuestro pasado más reciente. Nuestros propios abuelos, padres y hermanos se revuelven en sus tumbas  y, al menos yo, priorizo la DIGNIDAD SOCIAL antes que el plato de lentejas ganado de la forma que sea.
     
    Un ejemplo, como me gusta poner:
     
    A mi pueblo solía ir el Patas Cortas a cazar y a pescar truchas y salmones. El NO-DO es buena hemeroteca para comprobarlo.
     
    Hace pocos días, la nietísima del Patas Cortas celebró su cumpleaños ( a puerta cerrada) en el balneario de La Hermida. El balneario se dotó de una seguridad que no envidiaba en absoluto ( quizás un poco a la baja)  la seguridad que se ponía en las visitas del asesinísimo.
     
    Bien, cuando Patas Cortas tomaba un pozo del río como propio ( o el río completo, como hacía con el río Cares de la cercana Asturias) se le daba el nombre al pozo : ” El Pozu de Franco”.
     
    Cuando la nietísima ( ésa que va enseñando sus michelines  por las televisiones ” públicas”) toma como propio un balneario restaurado con dinero público, también se hace ” democráticamente” lo que le conviene a la Patria.
     
    A consecuencia del cumpleaños de la nietísima, en el balneario de La Hermida ha surgido un nuevo tratamiento “patriótico” que se venderá como estampitas de santo Toribio de Liébana… y los paisanos de la zona, encantados, oiga:
     
    “”  el balneario comercializará un nuevo producto a base de aceite y manzanas que se llamará Carmen Martínez-Bordiú.””
     
    http://cabeceras.eldiariomontanes.es/el-mirador/noticia/2/carmen-cumple-59-en-la-hermida.html
     
    Esta es la España real que seguimos viviendo ( medio muertos), lo demás son paparruchadas para seguir jugando al despiste de la ” santa transfusión”.
     
    ( Por mi pueblo, cuando Franco iba a pescar a ” su pozo”, se decía que había un falangista bajo el agua para atarle al anzuelo los salmones que pescaba y tanto presumía en el NO-DO. Debo reconocer que se comentaba a voz muy bajita….)

  • francisco javier peláez

    Rodrigo y no sólo la doctrina del Tribunal Europeo sino la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal española  señala entre las labores del juez las que comenzó Garzón como ha señalado Doñete en un artículo en rebelion.De todas maneras la doctrina del Tribunal Europeo la conoce el Supremo por conocimiento propio y porque se la recordó en artículo de EL PAIS Jose Jimenez Villarejo,ex-presidenmte de la Sala de lo Penal.Estamos ante una caza mayor y la pieza está cobrada y como no intervenga el gobierno suprimiendo el abuso de la acción pupular Garzón está inhabilitado.

  • Rodrigo Olvera

    “Pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dejado perfectamente claro que ante casos de desapariciones forzadas la ausencia de una investigación judicial efectiva e independiente, ipso facto, por parte del Estado representa “trato inhumano” contrario al Convenio Europeo de Derechos Humanos para sus familias. De hecho en algunas de las últimas sentencias relativas a las fosas de Chechenia como Lyanova y Aliyeva contra Rusia y Akhmadova y Akhmadov contra Rusia, de 6 de Abril de 2009, y Takhayeva y otros contra Rusia, de 26 de enero de 2009, entre muchas otras, no ha dudado en calificar como tal el sufrimiento de los familiares de los desaparecidos ante la inacción de las autoridades judiciales rusas durante una espera desgarradora de 8, 5 y hasta de 4 años respectivamente que el Tribunal Europeo considera intolerables e impropias de un Estado de Derecho Democrático. No es una errata, no, no quería decir 80, 50 o 40 años de inacción judicial, como en el caso español, he escrito 8, 5 y hasta 4 años de espera como algo ya intolerable… porque, en realidad, es intolerable, para cualquiera de nosotros lo sería si nos afectase, dejar abandonados un solo año siquiera los restos mortales de seres humanos víctimas de un genocidio y cuyas fosas, en muchos casos, ya se sabe donde están”
    http://www.elplural.com/politica/detail.php?id=45401
    Yo no he seguido tan de cerca al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Comisión y Corte) se encuentra esta misma jurisprudencia: la negativa a investigar, sancionar y reparar violaciones de Derechos Humanos por el Poder Judicial  es EN SI MISMA una violaciónno sólo al derecho al Acceso a la Justicia y la Tutela Judicial, sino a la prohibición de trato cruel e inhumano respecto de las víctimas -o de sus sucesores en caso de muerte.
    Saludos

  • Si Pepe Sala, verdades como pirámides, pero para muchos, hoy, es un lujo el poderse dedicar a algo que no sea la mera subsistencia. Lo digo porque como todos sabemos, hay muchos “muertos” vivos. Los desempleados. Opino que este tema es mas urgente.
    Si hacemos caso a alguien que entiende. Santiago Niño Becerra. En el segundo semestre de este año, nos espera la autentica crisis. Que, parece, será apocalíptica. Será un cambio sistemico. Pero trae algo bueno. Superada la crisis, allá, por 2020. Nada seguirá siendo igual. El maldito capitalismo depredador, al menos se habrá de metamorfosear. Claro que adivina quien se llevará la peor parte, quien sostendrá el peso trágico del cambio. Se que lo sabes. Los mas vulnerables. Nosotros los obreros.
    “Que Dios nos coja confesados…”

  • francisco javier peláez

    Interesante el artículo Pepe.Sorprende que el Tribunal Supremo admita con tanta alegría seguir el proceso contra Garzón a instancia de Miguel Bernard Remon-líder de Fuerza Nueva,Afirmación Española y hoy de Manos Limpias-cuando el propio Supremo ordenó a los juzgados de Madrid que se le investigara por denuncia falsa por una denuncia contra Bermúdez con ocasión del 11-M.¿Alguien sabe en que quedo esta “denuncia falsa”?.¿Qué credibilidad puede tener alguien así para denunciar a nadie?.

  • pepe sala

    Recomiendo la lectuta de este artículo.  Verdades como catedrales… o puede que como “pirámides”:
     
    “”Que Garzón será un ciudadano más ante la ley como dice Rajoy, pero está claro que las víctimas del franquismo no lo han sido nunca en este país.””
     
    A quien interese:
     
    http://www.nuevatribuna.es/noticia/32944/OPINI%C3%93N/espa%C3%B1a-dejado-estado-derecho.html
     
    Y dura, y dura, y dura…
     

  • francisco javier peláez

    Veo en CNN+ a  Miguel Bernard el secretario de Manos Limpias autor de la querella contra Garzón.La primera impresión es que estamos ante un completo ignorante:llega a firmar que la Ley de Memorisa la aprobó el 99% de los representantes políticos cuando no la apoyó el PP.Si yo fuera el Gobierno me daría vergüenza que semejante individuo me defendiera una ley.Pero este gobierno no se moja por nada.En segundo lugar se confirma que se abre paso un neofascismo o fascismo blando español que ,bajo la apariencia de una “hiperlegalidad”,no es sino una versión de lo mismo.Se ha visto en Vic:se alega que la ley dice que hay que expular a los ilegales-obviando el procedimiento de expulsión-para negarles la asistencia sanitaria o la educación negándoles el padrón o ahora para comunicar a la policía los datos del padrón-vulnerando la protección de datos-.Se ve aquí,con Bernard,que defendiendo la ley de amnistia o su interpretación más rígida o la ley de memoria o su interpretación más rígida,se empitona a Garzón.Incluso el Bernard tiene la cara de decir que se celebre juicio contra Garzón y que se dicte sentencia,aunque sea con votos particulares,es decir,magistrados que voten en contra de la condena.La idea de “prevaricación” pugna con una sentencia con votos particulares-la de Liaño fueron dos magistrados contra uno-porque la prevaricación es una interpretación tan grosera de la ley que todos lo ven.El mismo fortísimo debate jurídico social que hay pugna con la idea de prevaricación.En definitiva este neofascismo español que representa Bernard, que habla del acto de la complutense como “golpismo judicial” cuando hasta Aznar llama a ZP pirómano en la Universidad y que al mismo tiempo habla de pluralismo político,es peligrosísimo.Pero al gobierno se la suda con lo fácil que sería imponer retroactivamente la imposibilidad de que estos juicios se celebren con la sola acusación de Bernard,la “fiscalía paralela” de la que habla Pumpido.

  • francisco javier peláez

    Mira Luis parece mentira que seas cristiano.¡Qué te chotees de la muerte Jesús!.Mira aquí nos  tomamos tan en serio el crucifijo que lo hemos suprimido de las oficinas judiciales y administrativas y lo queremos suprimir en todos los ámbitos de la adminitración.

  • mªpilar garcía

    En ese ridículo chiste… esta la medida de nuestra manera de ser…
    Como siempre ridiculizando… quizá asentado en sus “razones seguras” le parezca gracioso…
    Es la confirmación a lo dicho.
    mª pilar

  • pepe sala

    Pues a mí me encanta el chiste del pater, oiga.
    Pero hay que tomarlo en su verdadera dimensión.
     
    Efectivamente, Pilatos, sentenció injustamente con resultado de muerte injusta. LLevamos miles de años recordándolo diariamente, homenajeando al asesinado injustamente y VENGANDO la injusticia de una forma brutalmente desproporcionada. ( recuérdense las Santas cruzadas, incluída la española.)
     
    Del mismo modo que Pilatos, Franco sentenció a muerte ( y a vidas peores que la muerte) a cientos de miles de inocentes.
     
    ¿ Quizás el Jesucristo del despacho de Garzón le inspiró para que tomase en cuenta el olvido de los inocentes españoles y ” puesto en oración” ante la presencia de Espiritu Santo decidió enfrentarse con los Pilatos españoles?
     
    Claro, que lo que no esperaba Garzón era la respuesta de los escribas y fariseos actuales. Seguro que Garzón estará recordando aquello de “SEPULCROS BLANQUEADOS, muy limpios por fuera, pero por dentro apestan a prodedumbre”.
     
    No está mal el chascarrillo, oiga…espero que les resulte gracioso a los curas fascistas que tanto apoyaron a los Pilatos españoles del franquismo. Alguno anda muy ufano por aquí.
     
     

  • Rodrigo Olvera

    Luis González

    Sigues evadiendo mis preguntas.

    Y el chiste no me parece rico en humanidad, al contrario; pues banaliza el largo esfuerzo de la comunidad internacional por evitar la impunidad en los crímenes de lesa humanidad. 

    ¿O sentirías muy rico en humanidad y purificador de la tensión, por ejemplo, que el chiste concluyera con la siguiente respuesta de Garzón?  “visto el estado actual de los bienes materiales, políticos y simbólicos de quienes se proclaman sucesores y legítimos herederos de los derechos del querellante, se tiene por reparado en exceso el daño causado. Archívese como asunto totalmente concluído”

    Vaya forma de purificar tensiones, ¿no crees?

    Saludos cordiales

  • Luis González Morán

    Con motivo del gran debate sobre Garzón y sus imputaciones penales, ha corrido por la red un chiste verdaderamente rico en humanidad y que es bueno para purificar tanta tensión
    Está Don Baltasar Garzón trajabando afanosamente en la soledad de su despacho elaborando sus ya famosos autos, cuando oye como como un pequeño siseo:  pssh!, pssh!, pssh!….
    Abre la puerta de su despacho y no hay nadie, aunque el siseo continúa; abre la ventana y allí tampoco hay nadie, aunque el siseo continúa: pssh!, pssh!, pssh!…
    Decidido a seguir trabajando, se acomoda de nuevo en la mesa de trabajo para continuar la tarea: de pronto, ve que el Cristo que preside su despacho, le mira fijamente y le dice: “Qué hay de lo mío? Cuándo procesamos a Pilatos?”

  • mªpilar garcía

    ¿No son capaces de acercarse, a las personas que han sufrido y sufren en su propia piel, las aberraciones de las guerras?… Sean donde sean.

    Sabemos que todas las partes sufren.

    En España, lo que nos repiten una y otra vez es; que una de las partes, fue reconocido su sufrir… a la otra parte, se le sigue condenando como “la mala” sin derechos ni reconocimientos.

    ¡¡Y los tienen!! Nos guste o no.
    En los dos bandos hubo victimas, y algunas lo fueron mientras franco vivió, cosa que no les sucedió a los “vencedores”.

    Años después (lo viví en pueblos pequeños) seguían siendo humillados, despojados de sus haciendas, campos (pocos) casas…

    Mientras los vencedores, apoyados por las autoridades, (especialmente por las que hoy han denunciado al juez) se quedaban con todo, y vivían como dueños y señores feudales.

    Es verdad, se hizo un acuerdo al morir franco; y a los únicos que no se les dejó “respirar” fue, a los perdedores…

    Solo los comunistas, tuvieron voz y voto, el resto ¡no! hasta hoy.

    Leyendo los comentarios, queda claro, que aquel espíritu de rechazo, sigue vigente.

    ¿Por qué negarles aun hoy, el derecho a encontrar a los suyos?

    Como siempre el poder es el poder; es, quien tiene la fuerza, aunque esta sea injusta.

    Ellos siguen ninguneados; mientras los ladrones de guante blanco, se han llevado cuanto han podido; a costa nuestra,  y nosotros pagaremos su desenfreno;  siguen en la calle, con el beneplácito de sus “compañeros…” por eso vocean sin

    cesar.

    Saben que levantando la voz, insultando, acusando… las cosas no llegarán hasta el final, ni cumplirán las penas;  además, si alguno las cumple,( parte de ellas) les espera el botín al salir, para vivir sin problemas.

    En este país de nuestros dolores… seguimos siempre igual, no hemos aprendido nada, jamás seremos capaces de escuchar el dolor de los siempre ninguneados.

    Como dicen en Cataluña: “la pela es la pela”… que casualidad, el € ¿en que manos está?

    mª pilar

  • Rodrigo Olvera

    Miguel
    Toda persona que haya sido detenida (independientemente de si la detención fue legal y mediante procedimiento judicial o de manera ilegal y arbitraria), y cuyos restos no hayan sido identificados, es considerada víctima de desparación forzada. Toda víctima, no sólo las víctimas de gobiernos socialistas. (¿Que no se suponía que eran los defensores de Garzón los que sólo veían víctimas de un bando y no en el otro? 😉  )

    Como las personas víctimas de la represión franquista que se encuentran en fosas comunes no han sido identificadas, estamos ante el delito de desaparición forzada. (Por supuesto, esto es aplicable también a las víctimas de represión socialista que se encuentren en fosas comunes sin haber sido identificadas).

    En consecuencia, como hay miles de personas que se encuentran en  fosas comunes sin haber sido identificadas, hay miles de casos de desaparición forzada a  los que es aplicable la Convención que venimos discutiendo.

    Saludos

  • francisco javier peláez

    Mira Jacob,el auto de inadmisión a trámite de la querella contra Botín y 22 más que es el supuesto precio del patrocinio  fue confirmada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que consideró la actitud del querellante  como “un indicio no precisamente de buena fe y lealtad procesal”.

  • Miguel González

    Rodrigo Olvera, se contesta usted solo: en España no hay desaparecidos después de la fecha de entrada en vigor del Convenio que cita. A menos que se refiera usted a los desaparecidos y enterrados en cal viva durante los años de guerra sucia de gobiernos socialistas.

  • pepe sala

    Puestos a mirar fechas retroactivas, no hay que llegar hasta caín, hombre. Resulta que hace pocos días nos han abrumado con manifestaciones a favor de una sentencia injusta sobre un judio. Los hechos se prodijeron hace 2000 años.
     
    Por cierto, mucho más reciente es ésta sentencia que permanece en pleno vigor, a pesar de ser INJUSTA, ILEGAL y, además, ilegítima. Algunos no hablamos del pasado, si no de nuestra propio historia más reciente y de nuestro propio drama sufrido como consecuencia de sentencias como ésta:
     
    SENTENCIA

    En la plaza de Santander a veintisiete de Enero de mil novecientos treinta y ocho.- II Año Triunfal.-
    Reunido el Consejo de Guerra número 2, para ver y fallar el presente sumarísimo de urgencia número 2923 contra JOSE SALAS CAPELLIN, mayor de 18 años y vecino de Potes por el supuesto delito de rebelión Militar y

    RESULTANDO.- Que el procesado en los presentes autos JOSE SALAS CAPELLIN de oficio hojalatero, al estallar el Glorioso Movimiento Nacional se afilió a la C.N.T. Enrolándose voluntariamente en el Batallón 118 actuando en el frente en donde los grados de cabo y sargento, pasando a servir posteriormente en la compañía de ametralladoras. HECHOS PROBADOS

    RESULTANDO.- Que el Ministerio Fiscal en su escrito de calificación provisional solicitó para el procesado la pena de reclusión perpetua por estimarlo como reo de un delito de adhesión a la rebelión sin la concurrencia de circunstancias de agravación.

    RESULTANDO.- Que el citado Ministerio en el acto del Consejo elevó a definitiva la anterior calificación provisional.

    RESULTANDO.- Que el oficial defensor en el mismo acto solicitó para el su patrocinado la pena de doce años y un día de reclusión temporal por estimarle COMO REO DE UN DELITO (sic) de auxilio a la rebelión (sic).

    CONSIDERANDO.- Que los hechos relacionados y que se consideran probados en el primero de los resultando de la presente sentencia son constitutivos (sic) de un delito de auxilio a la rebelión previsto y penado en el párrafo primero del artículo 240 del Código de Justicia Militar, en relación con el 237 del citado cuerpo legal; de cuyo delito es responsable en concepto de autor el procesado en los presentes autos JOSE SALAS CAPELLIN.

    CONSIDERANDO.- Que no siendo de estimar ninguna circunstancia modificativa y no existiendo peligrosidad en el agente (sic) procede sea ordenado en consecuencia de ello y del delito cometido a la pena de doce años y un día de reclusión temporal.

    HOJA 9

    CONSIDERANDO.- Que toda persona responsable criminalmente de un delito o falta lo es también civilmente

    VISTOS los artículos citados y los demás de general aplicación del Código de Justicia Militar y penal ordinario

    EL CONSEJO DE GUERRA FALLA: Que debe condenar y condena al procesado en el presente causa JOSE SALAS CAPELLIN como reo de un delito de auxilio a la rebelión sin la concurrencia de circunstancias (sic) modificativas alguna a la pena de doce años y un día de reclusión temporal con las accesorias ¿legales? de inhabilitación absoluta, e interdicción civil durante el tiempo que dure la condena. Siéndole de abono la prisión preventiva que hasta la fecha viene sufriendo.

    Reservando en favor del Estado las acciones correspondientes para que ejercitándolas pueda resarcirse de los daños y perjuicios sufridos por la rebelión habida.

    Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos y firmamos.

    (5 firmas)

    Isidoro Grada
    Carlos de la Cruz
    J. Tomás ¿Aldans?
    Carlos …(ilegible apellidos)
    Otro (ilegible totalmente)

    (sello)

    AUDITORIA DE GUERRA 6ª REGION
    PRIMERA SECCION
    Procedimientos Criminales
    1106
    3 ¿MAR, MAY? ¿1938?

    ——

    Pasado es lo que algunos se empeñan en conmemorar hasta el hastío. Lo nuestro es la más cruda REALIDAD ACTUAL. ( puesto que, como bien dice Rodrigo, las consecuencias de aquellas salvajadas las seguimos sufriendo los herederos de semejantes sentencias judiciales y los los ” sentenciadores” siguen en las mismas poltronas que se adueñaron a través de asesinatos, violaciones sin límite y rios de sangre inocente.)

  • Rodrigo Olvera

    Luis González

    Dices “Leyendo las diversas intervenciones aparecidas en esta entrada, puede dar la impresión a todo lector que desconozca la legislación española, de que en España reina la más absoluta desatención con relación a las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura…Por tanto, no es justo decir que en España no se han arbitrado medidas legales sobre la “memoria histórica”: creo que ya existe una herramienta legal, legítimamente dictada, para que TODOS podamos honrar a TODOS los muertos”

    1.- ¿Puedes citar exactamente en que mensaje de esta entrada se afirma que “no se han arbitrado medidas legales sobre la “memoria histórica””?

    2.- Con sinceridad y en consciencia, puedes afirmar que no entendiste que el motivo de esta entrada NO ES LA MEMORIA HISTORICA sino la consideración de que iniciar una causa penal en relación con la desaparición forzada de víctimas del franquismo es indudablemente un acto de prevaricación como afirma el auto del juez Varela?

    3.- No estamos discutiendo si existe o no alguna disposición sobre Memoria Histórica; ni si esta es adecuada o no; ni estamos hablando de la memoria y de honrar a los muertos. Eso se ha debatido en otras entradas. En esta se habla específicamente de la causa contra el juez Garzón, admitida por un auto concreto del juez Varela.

    ¿Por qué desviar la miarada hacia argumentos que no se han dicho (que no exista ninguna medida para la memoria histórica)? ¿Será porque no se tienen argumentos para contradecir lo que se viene diciendo por Francisco Javier y por mí (que el argumento de Garzón para admitir la causa que se le imputa es por lo menos debatible, y en consecuencia no se puede considerar que existan ni los hechos objetivos antijuridicos de prevaricación ni mucho menos la consciencia plena subjetiva de tal antijuridicidad)?

    4.- Hablo por mí. Tan no considero “martir” a Garzón, que he dicho claramente que apoyo la investigación que se le sigue por las escuchas a abogados defensores en el caso Gürtel.

    Saludos cordiales
    Rodrigo

  • Rodrigo Olvera

    Miguel González

    Dices “la convención que citas, ¿también alcanzará a Caín o los acuerdos entran en vigor a partir de la fecha de la firma?  Repasa las fechas, porfa.”

    1.- Como he señalado insistentemente, la Convención cubre sólo los delitos de desaparción forzada cometidos a partir de la fecha de su ratificación por el Estado Parte.

    Como el Delito de Desaparición Forzada es un delito de los denominados Delitos continuados (creo, por comentarios de Francisco Javier, que en España les dicen Delitos permanentes), este principio de no retroactividad implica que cubre los siguientes hechos:
    a) Desapariciones forzadas que haya iniciado después de la ratificación de la Convención por el Estado Parte; y
    b) Desapariciones forzadas que, aunque hayan inciado antes de la ratificación de la Convención por el Estado Parte, siguen produciéndose debido a que no ha cesado la desaparición hasta el día de hoy. Cesa la desparición únicamente en dos situaciones: cuando aparece la persona con vida y cuando se identifican los restos mortales en caso de haber fallecido.

    2.-  Los Tratados Internacionales no cubren delitos cometidos por figuras literarias como Caín 😉

    3.- ¿Puedes contestar mi pregunta? ¿Se ha de hacer valer esta convención? ¿Sí o no?

    Saludos cordiales

  • Miguel González

    Rodrigo Olvera: la convención que citas, ¿también alcanzará a Caín o los acuerdos entran en vigor a partir de la fecha de la firma?  Repasa las fechas, porfa.

  • jacob

    Mira, Francisco Javier:
    Las asociaciones, es posible que hayan tenido patrocinios bancarios. Pero no los jueces como individuos.

  • francisco javier peláez

    Mira Jacob te lees el artículo de Villarejo hoy en PUBLICO que explica muy bien lo del Santander,entre otras cosas que todas las asociaciones judiciales han tenido patrocinios bancarios.

  • pepe sala

    Pater Morán… que eres jusristam hombre y a mi no me cuelas gato por liebre.
     
    Estoy seguro que, como jurista,  sabes distinguir perfectamente entre ” injusto” o ” ilegítimo”. No entiendo ( bueno sí que lo entiendo) que hayas confundido términos tan decisivos para la aplicación REAL de la Ley.
     
    “”Igualmente, se declaran ilegítimas, por vicios de forma y fondo, las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución.””
     
    http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/es/ley_memoria.html
    Y sobre el reconocimiento ” moral” a las víctimas y sus familiares, te remito a la carta que le mandé al Presidente del Gobierno.
     
    Venga, ” picarón”; que hay que estar muy atentos con éstos curas abogados…

  • Luis González Morán

    Leyendo las diversas intervenciones aparecidas en esta entrada, puede dar la impresión a todo lector que desconozca la legislación española, de que en España reina la más absoluta desatención con relación a las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura. De ahí que se presente al Juez Garzón como un “mártir” inmolado injustamente cuando trataba heroicamente de defender en solitario causas justas.
    Deben citarse para su conocimiento algunos textos legales tomados literalmente de la Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
    Presentaré unos textos muy claros al respecto.
    Artículo 1.- Objeto de la Ley
    “1.- La presente ley tiene por objeto reconocer y ampliar derechos a favor de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil y la Dictadura, promover su reparación moral y la recuperación de su memoria personal y familiar, y adoptar medidas complementarias destinadas a suprimir elementos de división entre los ciudadanos, todo ello con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad éntrelas diversas generaciones de españoles en torno a los principios, valores y libertades constitucionales”.
    Artículo 2.-  Reconocimiento general.
    “1.- Como expresión del derecho de todos los ciudadanos a la reparación moral y a la recuperación de su memoria personal y familiar, se reconoce el carácter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y cualesquiera formas de violencia personal producidas por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil, así como las sufridas por las mismas personas durante la Dictadura”.
    Artículo 4.- Declaración de reparación y reconocimiento rsonal.
    “1.- Se reconoce el derecho a obtener una declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes durante la Guerra Civil y la Dictadura padecieron los efectos de las resoluciones a que se refieren los artículos anteriores”.
    Artículo 12.-  Medidas para la identificación y localización de víctimas.
    Artículo 13.- Autorizaciones administrativas para actividades de localización e identificación.
    Por tanto, no es justo decir que en España no se han arbitrado medidas legales sobre la “memoria histórica”: creo que ya existe una herramienta legal, legítimamente dictada, para que TODOS podamos honrar a TODOS los muertos: en ésto sí que estoy de acuerdo, debe ser respetada la dignidad de todos los muertos.

  • h.cadarso

      Tengo la impresión de que en el tema este, romanos y cartagineses sacamos la artillería pesada, y todos nos sentimos muy seguros de nuestra opinión y nos cerramos al diálogo. O sea que estamos perdiendo el tiempo, mirándonos al ombligo, tocándonos la barriga a contrapelo.
      A los que habláis del pasado izquierdoso o filocomunista de algunos personajes como el juez Varela, quiero recordaros el refrán aquel: “agua pasada no mueve el molino”. Hablamos de las conductas de hoy, el pasado no hace al caso…Ya sé que el periodista Giménez Losantos perteneció al PCE, según dicen; pero el Giménez Losantos de hoy no es aquel,  a qué viene recordar su pasado?…
      El problema principal en este debate, a mi entender, no es ni Garzón ni Varela; de acuerdo, la actuación de la Justicia española merece un análisis  muy riguroso y objetivo; pero para mí el problema no es ese,  sino la actitud que debamos tener ante tantos muertos que sus familiares quisieran honrar y reivindicar…
      A los que murieron de un lado se les puso en las fachadas de las iglesias sobre piedras de mármol, a algunos incluso se les subió a los altares desde Roma.
      Pero a los otros se les escatima todo homenaje…Se justifica a los que frenan o impiden cualquier intento de honrarlos…Nadie, que yo sepa, está tratando de castigar a los culpables, que en eso consiste la amnistía; solo se pretende honrar a los muertos.
      Cualquiera diría que los que apoyan esta crueldad con los muertos y sus familiares se sienten cómplices de los que los mataron. De otra manera, resulta un poco difícil de entender esta actitud.
      Pero sea, admitamos que nadie tenemos nada que ocultar,  somos libres para opinar. Pero podíamos ser un poco más generosos para  comprender,  aceptar, para darnos la mano como nos la damos en misa…
      Las cosas pasaron, no debieron pasar, no es cuestión de repartir culpas y aplausos, simplemente alguien empezó una guerra y la ganó, y otros respondieron al ataque y perdieron; es  hora de hacer borrón y cuenta nueva, de acuerdo. Pero todos tenemos derecho a saber las cosas que pasaron, y a honrar a las víctimas de uno y de otro lado.

  • Rodrigo Olvera

    Miguel

    Dices “Curiosa la cobertura, el apoyo, la complicidad que se le da al revanchismo y al guerracivilismo desde las instancias que deberían cumplir y hacer cumplir las leyes en España”

    ¿Entre esas leyes que se han de cumplir y hacer cumplir se encuentra o no se encuentra el artículo 96 de la Constitución? ¿Pedir que se aplique la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas – que es derecho interno en España,  es complicidad y guerracivilismo?

    De ser así, supongo que hasta el Partido Popular es cómplice, pues en la sesión del Pleno de las Cortes Generales en que se aprobó la autorización establecida en el artículo 94 de la Constitución respecto de la citada Convención, cuando se dió oportunidad de intervenir a los partidos, ninguno intervino; y cuando se propuso que fuera aprobado (junto con el resto de dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores), fue aprobado por asentimiento sin un solo voto en contra.

    Saludos
    Saludos

  • jacob

    Pepe Blanco:

    Mi familia  cuando vamos a algún lado(somos kikos como tu dices), ya sea a ver al papa o de vacaciones, , nos pagamos integramente nuestro viajes.

  • jacob

    Rodrigo, creo recordar que solo se permiten las escuchas en casos de terrorismo.
    Y sí es una de las cosas por las que Garzón está en la palestra. La otra es por cobrar del banco de Santander , cosa a la que tiene derecho, pues pidio que le financiaran un curso que realizo en EEUU, por cierto parece ser que mientras duró el curso siguio cobrando su sueldo, y poco despues participar en un caso que afecta al Banco de Santander, cosa que tendría el deber de haberse inhibido. Hablando en plata: un juez no debe juzgar o instruir un caso al que le paga.

    Si eso lo hubiera hecho otro, nadie tendría dudas.

    Por cierto, si yo me pido una excedencia porque quiero estudiar, me la conceden y dejo de cobrar mi sueldo, entonces si soy libre de buscarme la financiación.

    Imagina que yo soy inspector de Hacienda, pido la excedencia, estudio lo que sea financiado por el Banco X, y cuando me reincorporo a mi puesto, me toca inspeccionar al Banco X. ¿A qué huele mal, concretamente a corrupción?

  • Miguel González

    Curiosa la cobertura, el apoyo, la complicidad que se le da al revanchismo y al guerracivilismo desde las instancias que deberían cumplir y hacer cumplir las leyes en España. Que todo este ruido forma parte de un plan donde unos mueven el árbol para que otros recojan las nueces, es sabido. Una metáfora apropiada para definir el disloque en el que viven algunos. Ahora toca volver a la República, remover los muertos, negar las virtudes de la transición (venda han llamado a la reforma, algunos de los golpistas del apoyo a la supuesta ilegalidad de Garzón). Por lo tanto procede volver a la ruptura como si no hubiera pasado el tiempo. ¿Pretenderán los tales regresar, con todas las consecuencias, a la situación anterior a la constitución de 1978? Se han travestido en los verdaderos nostálgicos del franquismo. Paradojas de la vida.

    Lo cierto es que todo este cancán obedece a una campaña y a una estrategia de agitación y propaganda que unos quieren llevar más lejos pero que para otros sólo tiene un objetivo limitado e inmediato: “hay que crear tensión y dramatizar un poco“ para que el poder siga en las manos (bastante manirrotas, para qué engañarnos) en las que está y de las que va a salir en breve si algún dios laico no lo remedia. Porque santa demoscopia del perpetuo sondeo dice lo que dice:las expectativas de voto del PSOE disminuyen en todas partes, más donde gobierna y el PP sube en todas partes y más donde gobierna. Y eso tiene mala pinta. Y si a todo este cuadro añadimos la crisis brutal, el paro y la miseria que campa por su propia inercia, merced a un Gobierno paralizado que pretende matar elefantes con matamoscas, entonces estamos ante la crónica de una patada en el trasero anunciada.

    Y una pregunta: en ese cuadro, ¿dónde estarán ubicados los cristianos fetén? No los de la traidora jerarquía eclesial sino los auténticos pata negra…

  • francisco javier peláez

    MIra Manuel V. la legislación vigente sobre desapariciones es discutible.Como dice Olvera los convenios internacionales forman parte del derecho interno,Además en España la Audiencia Nacional  ha aplicado el criterio de que mientras no aparezca el cadáver no se tiene por prescrito el delito de detención ilegal en el caso de Pertur anterior a la Ley de Amnistia creo.El fiscla del Constitucional ha apoyado esta interpretación.El criterio de que el delito de desaparició es permanente es unánime en el derecho internacional.Todo esto es muy interpretable y desde luego no hay prevaricación salvo en la mente de Varela

  • pepe blanco

    Aunque yo no lo recuerdo bien, pues era un niño, supongo que sí recuerda lo de los viajes al Bernabeu el día del trabajo, con bocadillos y dietas. También recuerda las romerías y otros eventos que organiza el PP aquí en Galicia, que también son gratis total, con comilona (pulpo, tortilla y cosas así) y bus incluidos.

    También me ha recordado los viajes en autobús que organizan el Opus, los kikos o algunas diócesis y parroquias cuando el papa acude a un cierto lugar. Si lo dejaran a la personal iniciativa de los fieles, pienso que esos eventos papales no tendrían ni la cuarta parte de público. El Opus a veces también lo hace de gratis  total, pero lo normal es que cobren. Desconozco cómo lo administran otras entidades.

    ¿Indican esas organizaciones déficit democrático y de iniciativa personal? Puede ser.

  • Luis González Morán

    Querido Tocayo Luis Troyano: No es cierto que mi escrito, al que te refieres, contenga una defensa del  juez Varela. Es una simple exposición de hechos objetivos, este juez no es precisamente santo de mi devoción, pero no me parece una persona precisamente domesticable.
    Dices: “Los jueces harían bien en escuchar la voz de la calle”. ¿De qué calle, de todas las calles? Lo que tienen que hacer los jueces es cumplir la ley con exactitud y no tener en cuenta quién sea el “justiciable”. Cuando se trincaron a Javier Gómez de Liaño, no se anduvieron “los demócratas” con tanto miramiento.
    Te acompaño un documento que no tiene vuelta de hoja para ponderar la calidad “democrática” de muchas de estas jaranas, verbenas y saraos.
    Ha publicado la prensa que Doña Rosa María Moreno Rodríguez, secretaria de Organización de la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de UGT envió a sus militantes el siguiente correo electrónico: “Como sabes, las Confederaciones de UGT y CC.OO.  han convocado un acto en apoyo del juez Baltasar Garzón para el próximo martes, día 13 de abril a las 11.330 en el Anfiteatro Ramón y Cajal de la Facultad de Medicina. Las Confederaciones han acordado asimismo que cada sindicato deberá garantizar la asistencia mínima de 500 PERSONAS, por lo que comunico que nuestra Federación debe aportar 60 ASISTENTES. Teniendo en cuenta que el acto es el próximo martes, os ruego que lo trasladéis con la máxima premura. Os adjunto el manifiesto”.
    Doña Rosa María Moreno Rodríguez ha reconocido públicamente haber enviado dicho correo electrónico con el contenido trascrito. Me pregunto: ¿qué decencia democrática es ésta, en que los liberados de los sindicatos TIENEN QUE ACUDIR a un acto de defensa de un señor particular a quien pretende enjuiciar el ordenamiento jurídico legal y legítimamente establecido? Teniendo en cuenta que a los sindicatos los pagamos entre todos, resulta que todos estábamos pagando la asistencia de los defensores de los trabajadores a un acto antidemocrático, atentatorio contra las instituciones primordiales de un Estado de Derecho (según mi humilde opinión). Ahora resulta que la mayor parte de los asistentes al acto eran liberados en tiempo de trabajo, conminados a asistir por orden del sindicato que los mantiene y al que mantenemos nosotros. Esto se llama “espontaneidad democrática” coexistiendo con cuatro millones y medio de parados, pero esto a los sindicatos parece preocuparles menos, ellos a lo suyo… que no es lo de los trabajadores, por lo visto.
    ¿No os recuerda esto aquellas historias de los autobuses al Bernabeu el día del Trabajo con bocadillo y dietas?
     

  • Rodrigo Olvera

    Noto aquí en esta nota, que sí está abierta (por separado) una investigación contra Garzón por la escucha de los abogados del caso Gürtel.
    http://www.europapress.es/nacional/noticia-garzon-dispuesto-declarar-presunta-prevaricacion-cohecho-20100414172724.html

    Esa investigación sí la apoyo con los datos que tengo hasta ahora. La de las fosas comunes, definitivamente no la apoyo.  Y no por posiciones políticas, sino por los argumentos jurídicos que he venido repitiendo

    Saludos

  • Rodrigo Olvera

    Sobre el caso Gurtel, tampoco sabía yo mucho. He empezado a leer. La reunión de la cacería, sí que parece sospechosa, pero no lo suficiente para sustentar una acusación de prevaricación. Por cierto, en el auto del juez Varela no si incluye esa acusación.

    Lo que sí me parece completamente escandaloso de las actuaciones de Garzón en ese caso es que haya ordenado interceptar electrónicamente las conversaciones entre acusados y sus abogados. La privacía en las pláticas de la defensa es un principio indispensable de cualquier Estado de Derecho. Desconozco a fondo el derecho criminal español; desconozco si la legislación española permitía a Garzón ordenar tal intercepción de comunicaciones. En caso de que exista tal posibilidad legal, es una aberracción y pone muy en mal al sistema jurídico español. Si no existía tal posibilidad legal, ahí sí y por ese hecho, yo apoyaría una investigación contra Garzón. Pero, notoriamente, en todo este jaleo no se incluye ese acto como acusación ¿quizá porque se está de acuerdo en que se use  en otros casos?

  • mªpilar garcía

    Me pregunto: ¿Por qué, nadie comenta, las “acusaciones” que el PP está lanzando ante el caso Gurtel?

    Siempre hay varas distintas de medir, para vergüenza nuestra… así somos los españolitos…
     
    Cuando “atacan” a nuestro grupo, no hay límite…
    Si el otro grupo pide que se reconozcan sus derechos…

    ¡Ah! entonces está mal, no hay caso, ni razón que les acompañe; todo es un despropósito.

    Jamás avanzaremos, siempre regresamos… a los dos “bandos” no aprendemos a convivir y reconocer, que todas las personas tienen ¡¡¡derechos!!! y deberes… y así nos va.

    mª pilar

  • Rodrigo Olvera

    Pregunta ingenua 😉

    Si el Juez Varela en su auto no invocó ni aplicó como parte del ordenamiento interno español la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; ¿significa que el Juez Varela debe ser sometido a un juicio por prevaricación? ¿O de él no diremos que nadie está por encima de la Ley? ¿O sólo diremos que se trata de un error de juicio y no un acto de prevaricación?

  • Rodrigo Olvera

    Manuel

    1.- La aplicación diferente de la doctrina se refiere al HECHO de que Garzón diga en un auto que archiva porque se aplica la Ley de Amnistía y en otro que esa Ley no la aplica porque puede ser inconstitucional. ¿No es criterio contrapuesto?
    No, si el delito en un caso es de efecto instantáneo y se cometió antes del establecimiento de la figura de delitos de lesa humanidad (caso Paracuellos) y en el otro caso es un delito de efecto continuado que se sigue cometiendo día a día hasta que se localice a la persona desaparecida o se identifiquen sus restos mortales (caso represión franquista).
    Lo anterior porque, debido al principio de irretrocacyividad, las normas que contemplan los delitos de lesa humanidad sólo son aplicables a los delitos de lesa humanidad después de su aprobación. Delitos cometidos ANTES si no son de efecto continuado, no son cubiertos por tales normas.

    2.- Díme a que Ley o Tratado Internacional te refieres concretamente y  hablaremos del artículo 96 y del 94 de la Constitución.

    De lo mucho que existe sólo señalaré dos, por ser relevantes para notar la diferencia entre el caso Paracuellos (genocidio) y el caso fosas comunes (desaparición forzada)

    a) España se adhirió a la Convención para la prevención y sanción de delito de genocidio el 13 de septiembre de 1968. En consecuencia, cualquier delito de genocidio cometido en España ANTES del 13 de septiembre de 1968 (por ejemplo, las matanzas de Paracuellos por el lado republicano; o las matanzas en la carretera Málaga-Almería) no quedan cubiertos por este convenio. Pero delitos clasificables como genocidio entre 1968 y 1975, aún si fueran instantáneos y no continuados, sí quedan cubiertos por este convenio.

    El convenio establece la obligación de los Estados Parte de juzgar y castigar los delitos de genocidio, lo cual evidentemente entra en conflicto con la Ley de Amnistía. Simplemente este hecho, muestra que no hay prevaricación, porque en el peor de los casos se trataría de un error judicial al resolver un conflicto de leyes en el espacio.

    b) España se adhirió a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas en septiembre de 2007. Dicha convención también obliga a investigar, juzgar y sancionar todo delito de desaparición forzada, no pudiendo alegarse leyes de amnistías para incumplir tal obligación. Como la firma por España ocurre en septiembre de 2007, sólo quedan cubiertos por este convenio delitos cometidos después de septiembre de 2007.

    Esto es:
    + que la desaparición forazada haya iniciado en octubre de 2007, o
    + que la desparición forzada haya inciado antes de octubre de 2007, pero la persona no haya aparecido (viva o muerta) al momento de entrar en vigor para España este convenio. Es decir, si la desaparición ocurrió en 1936, pero hasta el día de hoy no se ha identificado o el paradero de la persona o la ubicación de sus restos, sigue cometiéndose la desaparición forzada, y en consecuencia es aplicable la Convención.

    Saludos

  • Manuel V.

    Rodrigo:
    Acabo ya con este.
    La aplicación diferente de la doctrina se refiere al HECHO de que Garzón diga en un auto que archiva porque se aplica la Ley de Amnistía y en otro que esa Ley no la aplica porque puede ser inconstitucional. ¿No es criterio contrapuesto?
    Díme a que Ley o Tratado Internacional te refieres concretamente y  hablaremos del artículo 96 y del 94 de la Constitución. En abstracto todo parece que vale.
    No tengo más que añadir al tema

  • Rodrigo Olvera

    Para todas las personas de la comunidad de Atrio, quizá les interese esta noticia

    Familiares de dos fusilados durante el franquismo en España se convirtieron este miércoles en los primeros en entablar una demanda judicial en Argentina, amparados en la jurisdicción universal que rige para los crímenes de lesa humanidad, según anunciaron en rueda de prensa.
    http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2010/04/14/familiares-de-victimas-del-franquismo-presentan-demanda-judicial-en-argentina

    Saludos

  • Rodrigo Olvera

    Manuel

    Lamento que no hayas contestado a mi ultimo mensaje. Quizá es que no lo viste

    Dices ahora
    “Solo  lo menciono para ilustrar cómo un juez aplica la misma doctrina de modo diferente e interesado”
    Más de una vez en esta entrada te he mencionado la diferencia entre un delito de carácter instantáneo y un delito de carácter continúado, que se sigue cometiendo DIA A DIA hasta que cesan sus efectos. No has hecho ninguna mención respecto a este aspecto del debate.

    Pues bien, repito lo que te mencioné en mi comentario anterior: si los delitos de la querella de 98 por Paracuellos (que entiendo fue presentado por el cargo de delito de genocidio) y los delitos de la querella de 2009 por la represión franquista (que entiendo fue presentado por detención ilegal con paradero desconocido, que corresponde al delito de lesa humanidad de desaparición forzada) son diferentes, no se puede afirmar que se está aplicando la misma doctrina.

    Saludos cordiales

  • Rodrigo Olvera

    Luis González
    El Catedrático que citas parece desconocer que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos no es “Derecho Superior” sino que forma “parte del ordenamiento interno”.
    Pregunto lo mismo que a Manuel, quien no contestó: se niega el artículo 96 de la Constitución Española (al menos yo sí la he leído)?

    Agrego a lo dicho por el catedrático que citas
    a) los jueces están obligados a obedecer la ley, menos el artículo 96 de la Constitución?
    b) El “Parlamento” (realmente el catedrático se ha de referir a Las Cortes Generales) ha derogado el artículo 96 de la Constitución?
    c) El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 96 de la Constitución?
    d) El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales alguno o algunos de los Tratados Internacionales que conforman el corpus normativo del Derechos Internacional de los Derechos Humanos que venimos invocando?
    e) Se da cuenta de que considerar de que su posición es un chauvinismo jurídico, que sólo considera derecho interno el dictado por las Cortes Generales, en contra de lo dispuesto por la propia Constitución?

    Dicho en román paladín: El Juez Varela no está por encima de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por España, ni por encima del artículo 96 de la Constitución española

    Saludos cordiales

  • pepe sala

    Eso sí que es verdad de la buena, Jacob:
     
    “”Saludos y recomiendo tranquilidad, que  nos sube la tensión (arterial), aunque a algunos/as se les note más la subida.””
     
    Mira que vayamos a entrar en el debate famoso de:
     
    ¿ Cual es más difícil, subir una bajada o bajar una subida?
    ( ” arterial”, por supuesto)
     
    Al Juez Garzón se le puede juzgar, efectivamente, como a cualquier hijo de vecino. ( menos a los reyes y los papas, oiga, que ésos provienen  en hilo directo de “dios” y sólo Dios les puede juzgar); pero hay montones de razones para ello que, de ningun modo, se parecen al que le sienta en el banquillo.
     
    Y bien está que la Judicatura tome cartas en cualquier circunstancia de delito; pero ¡¡¡ COÑO !!!. ¿ Que sean los mayores delincuentes de España quienes tengan la cara dura de solicitar un juicio referido al tema del franquismo? ¿ Y que nuestros jueces ( perfectos herederos del TOP (Tribunal de Orden Publico en la Dictadura) tomen en consideración a quienes deberían esconderse bajo metros de tierra para que la DEMOCRACIA no se avergüence de ellos????, parece que se sale de todo cauce del SENTIDO COMUN .
     
    ¡¡Venga ya!!, que la basura no se puede esconder indefinidamente, puesto que el pestazo ya llega, afortunadamente, a miles de kilómetros de distancia. Y menos mal que el pestazo ha hecho reaccionar a Organismos Internacionales, que si no es por éso, aquí, en España, seguirían machacando los mismos a los mismos durante más tiempo del que soportó Galileo Galilei: ” SIN EMBARGO, SE MUEVE”.
     
    La apología de TERRORISMO es un delito en cualquier País democrático que se precie. En las Monarquías bananeras sigue siendo una gracieta de fachas para seguir jodiendo a quienes deseamos una Democracia verdadera. ( no ” Real”)
     
    Pues éso…

  • Manuel V.

    francisco javier:
    Serán cuestiones discutidas y discutibles; pero se trata  de aplicar la legislación vigente, no la que nos gustaría que estuviera vigente. Que se discuta y se modifique y luego que se aplique. No se juzga a Garzón por la discutibilidad, se le juzga por no aplicar la ley vigente y por hacerlo, de forma interesada, en un sentido o en otro. Las palabras de Garzón en el auto de Paracuellos, que ya copié, contradicen la interpretación que escribes.
    Nada que ver con las cunetas y otras falacias dirigidas más a las vísceras que a la aplicación de las leyes.
    Lo de Villarejo no tiene nombre. Villarejo que se mire al espejo.
    De todos modos, no sé qué problema hay en que se juzgue a cualquier persona, Garzón incluído, y que, si ha cometido delito, se le condene y si no se le absuelva. ¿por qué tiene que ser especial e intocable ese hombre? ¿ es más persona que el desgraciao al que le acusan de violación y a los 13 años de prisión se demuestra que es inocente?
    Hasta aquí mis comentarios, superado con creces lo recomendado por los gestores

  • francisco javier peláez

    Corrigiendo lo dicho antes:los que prevarican son los jueces.Quería decir que en interpretaciones del derecho hay miles.Por ejemplo la Sentencia del Constitucional 4/81,de  2 febrero decía:”as´´i como frente a las leyes posconstitucionales el Tribunal ostenta un monopolio para enjuiciar so conformidad con la Constitución,en relñación con las preconstitucionales,los Jueces y Tribunales deben inaplicarlas si entienden que han quedado derogadas por la Constitución,por oponerse a la misma;o pueden,en sucaso de duda,someter este tema al Tribunal Constitucional…”.Que esto este vigente tras otros preceptos quie dicen que el juez sólo puede inaplicar reglamentos o en qué sentido se pueda aplicar a la Ley preconconstitucional de amnistia es cuestión discutida y discutible.Que nadie lo haya discutido antes porque se entendía que esa Ley formaba parte del consenso constitucional es tan irrelevante como que los constituyentes ni se les pasara por la cabeza el matrimonio homosexual o que hoy haya gente que es republicana que no lo era en el año 78 o en el 81.Lo que no es de recibo es que se entrulle en pleno 2010 a un juez por querer ayudar a gente que tiene sus familiares en cunetas.En cuanto a Villarejo lo que ha dicho lo dijo comentando un pasaje del auto de Varela que habla de actitud encomiable de los jueces en tiempos de Franco.

  • jacob

    Me resulta curioso todo el tema.

    Jimenez Villarejo llama fascistas a sus colegas, me imagino que por razon de edad.  Pero él accedio a la fiscalia en 1962, por tanto podría ser llamado un fiscal franquista. Pero no es importante eso.

    Estoy completamente de con lo que pone Luis Gonzalez Morán.

    Y yo si estoy de acuerdo en que Garzón sea procesado, como cualquier hijo de vecino que incumple las leyes, y ese es el puro y sencillo tema. No hay que darle más vueltas.

    Espero que este comentario salga, porque el anteriorque puse  en el otro hilo de Garzón, no lo encuentro.

    Saludos y recomiendo tranquilidad, que  nos sube la tensión (arterial), aunque a algunos/as se les note más la subida.

  • francisco javier peláez

    Luis González Morán:Obviamente deberías conocer que los tratados internacionales son ley interna en España y,por lo tanto,podrían no autorizar amnistiar crímenes contra la humanidad.Además deberías conocer que el Tribunal Constitucional tiene una doctrina creo desde 1981 sobre la inconstitucionalidad sobrevenida de leyes preconstitucionales por la derogatoria de la Constitución.Lo que no recuerdo es si la podía aplicar el juez ordinario o el constitucional .Lo busco.A MANUEL V.:Si dio por prescrito lo de Paracuellos es porque lo calificó como precriptible por no ser un crimen contra la humanidad.Pero sobre todo lo que se ve en todo esto.,queridos Luis y Manuel,es que lo que puede ser objeto de interpretaciones jurídicas tan diversas y probablemente tan “razonables”,aunque no tan justas,no parece que pueda ser el objeto de una acusación por prevaricación.NO ESTO NO ES UNA PREVARICACION QUE SI NO ANDARIAMOS PREVARICANDO TODO EL DIA EN TODOS LOS PLEITOS.

  • Manuel V.

    Yo, al menos, no hablo de Paracuellos. Solo  lo menciono para ilustrar cómo un juez aplica la misma doctrina de modo diferente e interesado.  Ese es el tema, lo demás (con todas las referencias y nombre incluidos en el mensaje de pepe) ¡marear la perdiz!

  • Luis González Morán

    “Ciertamente corresponde a los jueces la interpretación de las leyes, e incluso decidir cuándo son incompatibles unas con otras y han quedado derogadas. Lo que no existe en nuestro ordenamiento, y en ningún otro europeo, es la facultad de los jueces de dejar inaplicadas las leyes invocando la existencia de un Derecho superior. Menos aún, si estas leyes son posteriores a la norma superior que se invoca. El juez ordinario no puede desplazar la ley aplicable y sustituirla por otra, o inventar los principios que deban regir una determinada situación. La derogación de las leyes corresponde en exclusiva al Parlamento, y su eliminación definitiva por incompatibilidad con la Constitución está atribuida exclusivamente en nuestro Derecho, como en el resto de los sistemas europeos comparables, al Tribunal Constitucional”.
    (SANTIAGO MUÑOZ MACHADO, Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense).
    Dicho en román paladín: ningún juez está por encima de la Ley.