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Una aproximación crítica a la reforma constitucional

A pesar de que ya hemos publicado dos entradas sobre el tema y hemos puesto varios enlaces en el Tablón, este artículo tiene una doble prioridad: surge de un miembro de la comunidad dialogal de ATRIO e invita de una manera especial a la matización y reflexión, mostrando muy bien cuál es el punto crucial de esta reforma.

Uno de los aspectos mas singulares y significativos de la reforma del Artículo 135 de la Constitución Española que estos días se debate en las Cortes y en la calle, es que establece, en su apartado 3, que gozará “de prioridad absoluta” el pago del capital e intereses de la deuda pública. Es decir establece,  el pago preferente, con privilegio general, de los créditos de la deuda de las Administraciones, por el importe de capital e intereses de la misma. (1)

En el texto de la reforma del artículo entiendo que han de distinguirse claramente dos aspectos. Por un lado, la exigencia de determinado grado de equilibrio presupuestario. Por otro, la indicada configuración de determinados créditos contra la Administración Pública como preferentes frente a otros créditos contra ella. Nuestra reflexión se refiere hoy a este último aspecto. (2)

  • UN EJEMPLO PRÁCTICO

En general, los acreedores, además de intentar garantizar sus créditos frente al deudor, siempre han intentado tutelar, proteger, priorizar el cobro de sus respectivos créditos frente al resto de los acreedores  (3)

Pero ¿qué significa a efectos prácticos esta “prioridad absoluta” de cobro que se pretende establecer en el texto constitucional? Significa esencialmente una obligación y un derecho. Por una parte una obligación de la Administración Pública española de cumplir dicha regla prioritaria de pago. Por otra parte, un derecho para el acreedor de exigir el cumplimiento de dicha prioridad de cobro frente a otros acreedores y si la Administración no cumpliere con ella, el derecho del acreedor de acudir a los pertinentes tribunales de justicia exigiendo su cumplimiento.

Un ejemplo práctico: Si en determinada fecha concurre en una Comunidad Autónoma, en situación (aunque sea coyuntural) de escasez de tesorería, la obligación de proceder al pago de las facturas de la Farmacias, de los sueldos de los contratados laborales y de los funcionarios, de las pensiones, de las prestaciones sociales de minusvalía y cualesquiera otro crédito de cualquier naturaleza, junto con el pago de capital e interesas de la deuda concertada por dicha Comunidad Autónoma con Bancos y Entidades Financieras nacionales o extranjeras esa Comunidad Autónoma estará obligada a pagar íntegramente  “con prioridad absoluta” el dicho capital e intereses de la deuda, aunque con ello queden sin pagar cualesquiera otras prestaciones de las indicadas por muy necesario que desde la racionalidad resultare hacerlo.

  • LOS CIUDADANOS ACREEDORES SUBORDINADOS

Desde una perspectiva democrática, en términos generales, los principales acreedores de la actividad de las Administraciones Públicas son los respectivos ciudadanos. Ellos son acreedores de los servicios públicos y de las prestaciones de todo tipo para su bienestar y desarrollo personal y comunitario. La prestación de estos servicios es la principal razón de ser que ampara la cesión de poderes normativos y de recursos (vía impuestos u otras) en las respectivas Administraciones Públicas. Ahora bien uno de los más significativos y negativos efectos que puede acarrear la reforma del artículo 135 de la Constitución en los términos expuestos en su apartado número 3, es precisamente el convertir los créditos prioritarios de todos los ciudadanos a la salud, la educación, la seguridad pública etc., en créditos meramente subordinados y que no podrán ser exigidos, en el nivel indispensable, los necesarios recursos para satisfacerlos, si previamente no se han efectuado el correspondiente pago del capital e intereses de los acreedores prestamistas (a veces a precio de abuso y especulativo) de la respectiva Administración.

  • LA NECESIDAD MATERIAL DEL REFERENDUM

Es verdad que el texto constitucional sólo exige categóricamente el Referéndum (artículo 168) para la la modificación de las disposiciones que afecten al Título preliminar; al Capítulo segundo, Sección primera (De los derechos fundamentales y de las libertades públicas)  del Título I; o al Título II (De la Corona), y el artículo 135 no está en los títulos expresados sino en el Título VII (Economía y Hacienda)

Pero es evidente que una norma que establece tal privilegio de crédito para el capital e intereses de la deuda, sobrepasa las puras normas de economía e incide y afecta a los derechos fundamentales recogidos en la Sección primera del Capitulo segundo del Título I de la Constitución vigente, por mucho que formalmente la modificación se introduzca en al artículo 135.

Es decir se trata de una norma que materialmente incide en los derechos fundamentales de los ciudadanos y ello refuerza la necesidad constitucional del referéndum e incluso, en mi humilde opinión, podría validar un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, pues es una forma de “fraude de ley” hacerlo como se está haciendo.

Yo se que hay que evitar llevar a la práctica aquel dicho de “cúmplase la Ley aunque se hunda el mudo”, pero entiendo que no es el caso. Y hemos visto que pese a todas las propuestas de reforma constitucional que comentamos, los mercados siguen haciendo lo que quieren y ponen intereses desmesurados a nuestra deuda.


  • NO SE PUEDE REMEDIAR LA FALTA DE ÉTICA POLÍTICA A GOLPE DE REFORMAS

Lo que tenemos que mejorar son nuestros sistemas de gestión y administración. Parece impresentable por ejemplo que en publicidad institucional (que no es publicidad indispensable para el ciudadano, sino publicidad propagandística de la Administración respectiva), se gasten las cantidades que estos días manejaba la prensa. Es en la ética del servicio público y en el adecuado control del gasto público y de la deuda en el día a día, donde se tiene que ganar la batalla a los mercados. Sin utilizar nunca el poder que da el manejo del presupuesto para la captura de votos u obtención de otros intereses espurios.

En fecha 17 de julio de 2003, Francisco Caamaño, por entonces Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, escribía en el diario EL PAÍS:

“La capacidad de ordenación del Derecho tienen límites, y por eso mismo, remediar la falta de ética política a golpe de reformas normativas o jurisprudenciales conlleva, a veces, muchos más problemas de los que se pretende resolver”

  • UN MATIZ INTERPRETATIVO FINAL

El Catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo, al que tanto admiro y respeto, ha publicado recientemente dos artículos en EL PAÍS en los que defiende, pese a sus serios inconvenientes de oportunidad electoral entre otros a los que expresamente alude,  la necesidad de la reforma del artículo 135 y la inscribe en una serie de reformas de las Constituciones europeas que llevarán a la proclamación de una norma uniforme y común, en términos generales en este ámbito. Yo creo, y perdóneseme la osadía interpretativa, que el argumentario general de dichos artículos se aplica al que aquí hemos denominado primer aspecto de la reforma, es decir al equilibrio presupuestario (4)

NOTAS

  • (1) El texto original del artículo 135 de la Constitución decía lo siguiente:

“1. El Gobierno habrá de estar autorizado por Ley par emitir Deuda Pública o contraer crédito. 2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Publicadle estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.”

Del texto modificado de dicho artículo 135, que consta ahora de seis apartados, destacamos lo siguiente:

“1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria. 2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la UE. Una Ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado  y las Comunidades Autónomas, en relación con su PIB. Las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario. 3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer  los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. No podrán ser objeto de enmienda o modificación mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión (…)

  • (2) En cuanto al primer aspecto, decía, entre otras cosas, Antonio Gutiérrez en su artículo en EL PAÍS del 2-09-2011, lo siguiente:

“El déficit público es objeto de una ya histórica controversia entre las diferentes corrientes del pensamiento económico y sus expresiones políticas. Para dirimirla está la acción del Gobierno según sea su orientación y las leyes que a tal efecto elabore, como fue la de estabilidad presupuestaria de 2006, más útil y progresista que la de 2001 hecha por el PP, obsesionado por el déficit cero. Pero hacerlo solo a dúo PSOE-PP y a costa de la Constitución supone una  involución respecto del talante con que esta se alumbró.”

En cuanto al segundo aspecto, es decir, la configuración de determinados créditos contra la Administración del Estado como preferentes de cobro frente a otros créditos, (punto en el quisiera yo centrar hoy la reflexión), Antonio Gutiérrez, aunque señalando su importancia, hacía, en el artículo citado, sólo una breve referencia en estos términos:

“(…) estamos lejos de Suecia en equidad y solo somos suficientes para pagar nuestro magro andamiaje social cuando crecemos mucho, paro manteniéndose la deficiente redistribución de siempre. Para acentuar el desequilibrio constitucional, el nuevo artículo 135 amarra en su apartado 3 la “prioridad absoluta” del pago de los créditos de la deuda pública”.

Puede verse el citado artículo en el siguiente enlace:  Un error, por los principios y por las cifras

  • (3) Ya el Derecho Romano contemplaba la existencia de determinados créditos privilegiados o preferentes. En nuestra actual legislación la Ley Concursal divide a los créditos en privilegiados, ordinarios y subordinados a efectos del orden de cobro. Los privilegiados pueden ser “con privilegio especial” si afectan a determinados bienes o derechos o “con privilegio general” si afectan a la totalidad del patrimonio del deudor (artículo 89 de la Ley Concursal de 9-07-2003). Al impulso de las ideas de la Revolución Francesa, contrarias al concepto de “privilegio”, frente a la expresión de “crédito privilegiado” se ha preferido utilizar la expresión de “créditos preferente”. No obstante como vemos nuestra reciente Ley Concursal sigue hablando  de “créditos privilegiados”.
  • (4) Los artículos publicados del profesor J. Pérez Royo a que me refiero son los publicados en el diario EL PAÍS el sábado día 3, y lunes día  5 de septiembre de 2011, bajo los títulos, respectivamente, de “Contra toda lógica” y “La reforma constitucional en perspectiva”.  Adjunto enlaces:

51 comentarios

  • X. Gundín

    Parecen serenamente pensadas las opiniones de Sartorius. No obstante, digo:
    1ª.- Al final de su punto uno dice Sartorius, y a  mi entender dice bien:  “…temo, pues, que la medida (la reforma de la CE) no calme a los mercados, porque para los inversores-acreedores lo preocupante es que nuestra economía no crece lo suficiente ni ven claro lo que vamos a hacer para que crezca”.
    El estancado PIB ratifica ese parecer: ni crece ni se ve claro como va a crecer para que el valor excedente permita tranquilidad en la amortización de principal e intereses de la deuda. Y llegado aquí Sartorius -y como el casi todo el mundo- no ahondan en esta faceta del problema que probablemente es -a mi me parece- el problema: nuestro sistema de relaciones económicas ha dejado de producir excedentes -o ganancias, como se le quiera llamar- y vino tirando (¿desde cúando?) de las burbujas especulativas, (p.ej: de los desaforados aumentos en breve tiempo del precio de los terrenos edificables, que fueran “liberalizados” por gobierno PP disque para bajarlos).
    La solución estaría según Sartorius, al comienzo de su punto tercero, en volver a producir excedentes mediante el aumento de ingresos fiscales. Dice el: Se podía haber caminado hacia un aumento de los ingresos (fiscales, puntualizo yo) vía impuestos a los más pudientes y en otros tributos, que permitiesen mayores inversiones con el fin de reactivar la economía”.
    Pero puestos a reactivar la economía mediante inversión pública no habrá gran diferencia entre invertir lo ya recaudado o invertir déficit a cubrir posteriormente mediante ingresos fiscales que deberán ser mayores si la inversión fuese eficaz. Es decir: lo importante no será que la recaudación sea previa o posterior a la inversión, sinó su eficacia. O lo que es lo mismo: si se quiere (¿se puede?) reactivar la economía mediante inversión pública hay que (había que) hacerlo ya.
    Si el problema estuviese -como yo creo- en que nuestro sistema de relaciones económicas ha dejado de producir ganancias, la solución estará en que vuelva a producirlas y para eso harán falta cambios en ese sistema. De esto se habló al principio de la crisis; se dijeron cosas como cambiar el sistema productivo, apoyar la economía productiva, etc…Pero  son tan inconstantes nuestros políticos -o tienen tan poca idea- que ahora ya hablan de otra cosa. Además, es cierto que el actual gobierno ya no tiene que proponerse esos trabajos. Le tocará al próximo. ¡Aupa, Mariano!. Prepararse para la que viene.
    Se me ocurren tres formas de producir ganancia: 1ª) apretarle el cinturón al personal, 2ª) hacer más productivo el trabajo, 3ª) establecer un sistema de monopolio. ¿Por cual de ellas, o combinación, se inclinarán Mariano y Montorito?.

  • “Corregir el desaguisado” es el título del artículo de Nicolás Sartorius que hoy (21-09-2011) publica EL PAÍS.

    Creo que es una reflexión interesante por plantear la cuestión en el ámbito circunstancial y concreto de la Unión Europea reclamando opciones y soluciones de conjunto, allí donde vemos que sólo parecen plantearse alternativas de acción aisladas para cada País. 
    Enlace:
    http://www.elpais.com/articulo/opinion/Corregir/desaguisado/elpepiopi/20110921elpepiopi_11/Tes

    Son de agradecer todos los comentarios que se han venido haciendo en este post desde diversas perspectivas. Gracias.
     

  • Josemi

    Por cierto, muchos de los acreedores de las administraciones públicas españolas no son los bancos y las grandes empresas, sino más bien las pequeñas empresas y los autónomos, con pocos o sin trabajadores a su cargo, que se ven en la quiebra por la falta de pago, estas personas adelantan el material y el trabajo y, antes cobraban después de muchos meses, ahora ya no cobran, qué les asiste la desesperación, la ruina material y personal, también son personas no?, ¿ cómo es posible esto?, a donde van esos presupuestos y esas partidas? hasta donde puede llegar la morosidad de una administración corrupta?.

  • Josemi

    Sería mejor que Dejaran ya de una vez de lamentarse y culpar a los demás de su catastrófica situación económica. Nadie le ha obligado a abusar del ladrillo. Nadie le ha obligado a creerse más ricos de lo que eran en realidad.  Nadie les ha obligado a basar su credibilidad financiera exclusivamente en su solvencia contable. Nadie les ha obligado a elegir a unos gobernantes incapaces de reconducir su economía a terreno positivo. Nadie les ha obligado a ser cada vez más insolventes. Nadie les ha obligado a endeudarse hasta el infinito a nivel público y también privado. Y nadie les ha obligado a depender absolutamente de la financiación de inversores externos. En definitiva, nadie les ha obligado a alcanzar esta situación extrema al borde del colapso económico. No hagamos demagogia ante la necesidad imperiosa e inmediata de hacer la reforma, probablemente insuficiente y tardía, que el parlamento español aprobó, los recortes sociales y el sufrimiento global que conlleva esta crisis económica es evidente, pero seguir como estaban eran agudizar aun más  hasta la cronificación esas situacines.

  • oscar varela

    Hola!
     
    Me parece haber leído en el Texto de la Reforma
    que el pago se debe hacer con dineros del Presupuesto.
     
    En Argentina este aspecto creó una situación muy grave.
     
    A la base del problema estaba la capacidad legal de que el Gobierno (Poder Ejecutivo)
    pudiera -o no- disponer de los Fondos de Reserva del Banco Central.
     
    NOTA: El neo-liberalismo desde EEUU habría hecho estructurar un Banco Central (supuestamente “independiente”) donde el Gobierno no tuviera injerencia.
     
    Entonces, cuando hubiera que pagar Deuda Externa no contemplada en el Presupuesto anual de la Nación, estos buenos muchachos querían impedir la utilización de las Reservas, obligando a que se “recortasen” (palabreja muy amada de los neo-lib.) de los dineros presupuestados para las necesidades sociales. Es decir: cagar a la Gente del Pueblo; cuanto más, mejor.
     
    Repito:
     
    a)      No sé si leí o recordé bien que se ha de pagar con dinero del Presupuesto.
    b)      No sé si España funciona con Presupuesto anual.
    c)      No sé si España tiene un Banco Central
    d)      No sé si lo tiene amordazado -o no- frente al Ejecutivo.
     
    Ya son demasiadas las cosas que no sé de España ¿no?
     
    Dicho lo escrito, mejor me callo – Oscar.

  • X. Gundín

    Y después de lo anterior me  pregunto: ¿Puede en el futuro inmediato español presentarse esa situación en la que las cajas públicas no dispongan de dinero para satisfacer todos los derechos?. ¡Qué interesante!, ¿verdad?.
    Si tal no se presentase, la reforma constitucional habría sido hecha “por si acaso…” pero no llegaría a tener efectos importantes.
    Pero…si tal se presentase…¿cuál sería nuestra reacción?. Creo que esta pregunta tiene más de una respuesta. Hay más de una reacción posible. Depende de….

  • X. Gundín

    Parece pues que está ya todo el mundo de acuerdo en que “Tras la reforma constitucinal…..tendrán prioridad absoluta de  cobro los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones” (Pepe Blanco 18-IX, 14:51). ¡Cómo no habríamos de estarlo cuando en la reforma se dice tan conciso y claro que no deja lugar a interpretaciones!.
    (Me parece que lo que Pepe Blanco discute es otra cosa, colateral, si, pero otra cosa).
    La peor de las consecuencias de ese parrafito de la reforma no será que “la Administración Pública quede muy atada a la hora de poder renegociar el pago de la deuda (en plazos e intereses)…”. Tal y como yo lo entiendo ese párrafo quiere decir que los acredores de deuda pública quedan fuera de cualquier renegociación en la que entren otros acredores. Primero ellos (preferencia absoluta), y si algo queda, los demás. Cabría una renegociación: aquella en la que entrasen sólo estos acreedores si no hubiese dinero para pagarles a todos; pero ya no cabería una segunda negociación con los demás, pq no quedaría dinero para ellos. También podría ser que satisfechos los acreedores de deuda pública en los términos de su contrato,  para los demás quedase a repartir lo sobrante; fuese o no suficiente para satisfacer sus derechos.
    Los demás somos nosotros. Este es el regalo que nos han hecho el PSOE y el PP. ¿Representantes nuestros?. Es un problema tener dos grandes partidos de derechas ocupando casi todo el espacio. Arman mucho jaleo, si,  pero cuando hace falta se ponen de acuerdo a beneficio de los intereses que representan.
     

  • pepe blanco

    Estimado Eloy,
     
    Te agradezco sinceramente tu buena voluntad y tu buena disposición y si he escrito algo que te haya ofendido, lo retiro.
     
    Pero me temo que no nos vamos a entender en este asunto. Probablemente no sería capaz de volver a explicarlo todo mejor de lo que ya lo he intentado explicar. Intentaré apuntarme a alguna clase particular de expresión escrita, a ver si la mejoro.
     
    Unha aperta.

  • Amigo pepe:
    Es que eso es precisamente lo que considero incorrecto. Que se priorice SOLO el pago de los créditos de los prestamistas, y . por consiguiente, no se podrá atender a los otros pagos (salarios etc. ) si antes no se pagan esos créditos.

    La reforma convierte a todos los demás créditos en “subordinados” respecto a los de los prestamistas.

    Juridica y poliíticamente eso tienen consecuencias, entre otras, que los acredores pueden hacer valer su preferencia de crédito por vía judicial frente a otros acreedores de la Adminitración y que la Administración Pública queda muy “atada” a a hora de poder renegociar la deuda (en plazos, e intereses) si ello fuere necesario para priorizar otros pagos.  

    Unha aperta.

  • pepe blanco

    Eloy, 

    Tras la reforma constitucional, como bien acabas de citar, tendrán prioridad absoluta de cobro los créditos para satisfacer  los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones.

     
    Esos y solamente esos. La reforma no dice que el resto de los créditos de la administración –los que pueda pedir para pagar pensiones o construir carreteras, por ejemplo- también tendrán prioridad de cobro. Esa especificación es la que falta recurrentemente en esas partes de tu artículo que he citado, en las que tratas por igual TODOS los créditos de la Administración, cuando la reforma especifica claramente cuáles serán los que tengan prioridad absoluta de cobro.

  • Gracias a todos por vuestros comentarios.

    Apreciado pepe blanco:

    He explicado de la mejor forma que he sabido ( e intentando no herir a nadie en sus sentimientos ni ideas) que se analizaba concretamente el apartado 3 del artículo 135 reformado de la Constitución. 

    Sobre otros aspectos de la reforma hay mucha otra información en ATRIO y en muchos otros medios de comunicación accesibles a todos. Sobre el punto que yo trataba no tanta o casi ninguna.

    He dejado bien claro que el tema del equilibrio financiero yo no lo trataba. Me refería sólo a la prioridad del crédito.

    He hecho mención de que tampoco al candidato del PSOE,  Sr. Rubalcaba le gustaba la reforma.

    He intentado dialogar contigo en tono sereno- ¿Como puedes decir que mi texto es o puede ser manipulador?…
    (“COMO TAMPOCO SE AJUSTA A ÉL UNA PARTE DEL CONTENIDO DEL TEXTO DE ELOY que, desde este punto de vista, es, como mínimo, incompleto, si no manipulador:)

    ¿Te das cuenta que introduces aquí un ataque “ad personan” que no tiene nada que ver con el fondo del asunto, pues me atribuyes un afán de manipular?.

    La cuestión es muy sencilla y no hay que mezclaral con el tema del equilibrio financiero, porque (como he intentado explicar) es de distinta naturaleza:

    ¿Estamos a favor de que en la Constitución figure el establecimeinto de una “prioridad absoluta” de pago para el capital e intereses de los créditos de los prestamistas, frente a otras obligaciones de pago de la Administración Pública?.

    El texto a nalizar es este (parte de artículo 135.3):
    “(…) Los créditos para satisfacer  los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta.(…)

    Esta , y no otra, es la cuestión y pienso que sobre elle debe girar el debate de fondo y evitar el entrar en “dimes y diretes”.

    Esto é o que eu penso. Unha aperta.

  • pepe blanco

             09-Septiembre-2011 – 18:49 pm Personalmente, interpreto que el punto crucial de la reforma es la voluntad constitucional de fijar un límite al déficit público. (el déficit público es un problema, que puede llegar a ser un gravísimo problema, como estamos viendo últimamente)

    09-Septiembre-2011 – 18:52 pm Y, quizás, lo más imprtante, que tanto Eloy Isorna como tantos otros parecen empeñados en querer ocultar, el apartado 4 del nuevo artículo: (dices que “tanto Eloy como los otros comentaristas hicieron mención de este párrafo, pero tú dices que pretenden ocultarlo.” FALSO: a la vista está que ni Eloy en su artículo, ni en ninguno de los comentarios del debate previos al mío se menciona ni se alude ni se cita el párrafo 4 de la modificación)

    10-Septiembre-2011 – 17:43 pm[…] como ciudadano que tiene, pongamos por caso, 3.000 eurillos ahorrados y decide invertir en Letras del Tesoro, por ejemplo. […] ¿Qué te parecería que a ti no te devolvieran tus 3.000 eurillos mientras ves, por ejemplo, que los miembros del CGPJ tienen cada uno de ellos a su disposición un coche con conductor y una secretaria, subvencionados, parcialmente, con tus tres mil eurillos?” (Cuando se habla de los acreedores de la deuda pública, tendemos a pensar en poderosos tiburones de Wall Street, y nos solemos olvidar de los pequeños inversionistas que invierten sus ahorrillos en deuda pública)

    11-Septiembre-2011 – 20:45 pmSigamos. Tienes razón al afirmar que mi ejemplo era un poco tramp…, bueno, mejor dicho era un poco capcioso. […] Salida: o le fija unos intereses astronómicos o le exige la garantía constitucional de que va a cobrar. Y si no, no le deja el dinero y que el estado se busque la vida. Y ni a ti te devolverán los 3.000 eurillos que tenías invertidos en Deuda Pública(En realidad el ejemplo que puse no se ajustaba bien a lo que quería expresar: el contenido exacto de la modificación constitucional, COMO TAMPOCO SE AJUSTA A ÉL UNA PARTE DEL CONTENIDO DEL TEXTO DE ELOY que, desde este punto de vista, es, como mínimo, incompleto, si no manipulador:

    “Si en determinada fecha concurre en una Comunidad Autónoma, en situación (aunque sea coyuntural) de escasez de tesorería, la obligación de proceder al pago de las facturas de la Farmacias, de los sueldos de los contratados laborales y de los funcionarios, de las pensiones, de las prestaciones sociales de minusvalía y cualesquiera otro crédito de cualquier naturaleza, junto con el pago de capital e interesas de la deuda concertada por dicha Comunidad Autónoma con Bancos y Entidades Financieras nacionales o extranjeras esa Comunidad Autónoma estará obligada a pagar íntegramente  “con prioridad absoluta” el dicho capital e intereses de la deuda
    [Se omite especificar: siempre que dicha deuda haya sido contraída para pagar una deuda previa de la administración que no se ha podido pagar con los recursos ordinarios de dicha administración], aunque con ello queden sin pagar cualesquiera otras prestaciones de las indicadas por muy necesario que desde la racionalidad resultare hacerlo.”

     
    “…en créditos meramente subordinados y que no podrán ser exigidos, en el nivel indispensable, los necesarios recursos para satisfacerlos, si previamente no se han efectuado el correspondiente pago del capital e intereses de los acreedores prestamistas (a veces a precio de abuso y especulativo) de la respectiva Administración.” [ídem]
     
    “Pero es evidente que una norma que establece tal privilegio de crédito para el capital e intereses de la deuda” [ídem] )
     
    13-Septiembre-2011 – 21:58 pmOs dejo que os veo muy entretenidos colocandole la alfombra roja al Partido Popular.” (Por supuesto y, en estos momentos, cuanto más a la izquierda, más lustrosa y evidente es la alfombra que le tienden. Véase, por ejemplo, el caso de Extremadura).

    15-Septiembre-2011 – 22:04 pm¿Sabes cuál es la deuda privada española? Es difícil encontrar datos fiables, pero pongamos que pasa de 2 BILLONES (con B de barbaridad) de euros, el 217% del PIB español, casi 50 puntos más que el endeudamiento privado medio de los países de nuestro entorno. Una parte de esa deuda (de momento en torno a un 5%) ya consta como morosa (un 5% de 2 billones de euros son 50.000 millones de euros, o sea, una barbaridad) ¿Quién ha expoliado a quién? ¿Los bancos extranjeros a los españolitos o los españolitos a los grandes bancos extranjeros?” (el problema TAMBIÉN es la deuda privada, que no solo no es incompatible con el problema de la deuda pública sino que, dramáticamente, los dos problemas coexisten en nuestra economía actual. Y, nos guste o no, los audaces españolitos y las audaces españolitas le han metido un pufo de más de 100.000 millones de euros a la gran banca internacional. Principalmente a la francesa y a la alemana, que tienen casi un 70% de la deuda privada española)

    17-Septiembre-2011 – 18:36 pm– Los datos más actuales de morosidad que he encontrado son los ofrecidos por el Banco de España a finales de agosto, que señalan que la morosidad en la banca española es del 6,4%. […]- Es sabido que el problema del sistema financiero español no son los bancos, que parecen estar sorteando la crisis razonablemente bien. El problema son las Cajas de Ahorro que, en general, andan mal o muy mal. […]

    – Impresionante el mecanismo psicológico (no me atrevo a llamarle razonamiento) que parece subyacer en un comentario inferior: “Como, aunque te expolie vas a seguir ganando dinero, entonces, te expolio”. Claro que sí, eso es Derecho, y todo lo demás estupideces. (No es que AHORA el problema sean las cajas, es que las cajas gestionan un 55% -aprox.- del total de la deuda privada de España de la que había estado hablando; En general, las Cajas han estado bastante mal gestionadas. ¿Que qué tiene que ver esto con la deuda pública? Pues mucho, pues el que va a acabar pagando las pérdidas de las cajas va a ser el Estado Español, con el consiguiente aumento de la deuda pública, como ya ha pasado/está pasando con las Cajas intervenidas por el Banco de España)

     

  • Rodrigo Olvera

    Dices Pepe Blanco
    … si te apetece repasa mis intervenciones en este debate, y su relación con los comentarios de los demás, y verás que no tienen nada que ver con el insólito resumen que haces en el último párrafo de tu comentario anterior.”
    Mi “insólto resúmen” fue  “Muy interesante, para Blanco primero el problema era la deuda pública (por éso se justificaba que la constitución pusiera una garantía absoluta de pago de dedua pública), luego fue el expolio a los bancos. Ahora son las Cajas.  Lo que sea con tal de no reconocer que el PSOE tomó una decisión equivocada al sumarse al proyecto del PP. Claro, la infabildad del Papa es nefasta pero que nadie cuestione la infabilidad del partido.
     
    Aquí están las intevenciones (claro, cuando hago estos ejercicios y demuestro mi argumento, la acusación se convierte en que soy dialéctico, que analizo cada palabra, etc)
    09-Septiembre-2011 – 18:49 pm Personalmente, interpreto que el punto crucial de la reforma es la voluntad constitucional de fijar un límite al déficit público. (el problema es el déficit público, la deuda pública)
    09-Septiembre-2011 – 18:52 pm Y, quizás, lo más imprtante, que tanto Eloy Isorna como tantos otros parecen empeñados en querer ocultar, el apartado 4 del nuevo artículo: (tanto Eloy como los otros comentaristas hicieron mención de este párrafo, pero tú dices  que pretenden ocultarlo)

    10-Septiembre-2011 – 17:43 pm[…] como ciudadano que tiene, pongamos por caso, 3.000 eurillos ahorrados y decide invertir en Letras del Tesoro, por ejemplo. […] ¿Qué te parecería que a ti no te devolvieran tus 3.000 eurillos mientras ves, por ejemplo, que los miembros del CGPJ tienen cada uno de ellos a su disposición un coche con conductor y una secretaria, subvencionados, parcialmente, con tus tres mil eurillos?” (El problema sigue siendo de deuda pública, “del Tesoro”)

    11-Septiembre-2011 – 20:45 pmSigamos. Tienes razón al afirmar que mi ejemplo era un poco tramp…, bueno, mejor dicho era un poco capcioso. […] Salida: o le fija unos intereses astronómicos o le exige la garantía constitucional de que va a cobrar. Y si no, no le deja el dinero y que el estado se busque la vida. Y ni a ti te devolverán los 3.000 eurillos que tenías invertidos en Deuda Pública” (reconoces que el ejemplo que usaste era tramposo, bueno sólo capcioso… lo cual es una forma tramposa, bueno capciosa, de reconocer sin reconocer; en todo caso, el problema sigue siendo la deuda pública)

    13-Septiembre-2011 – 21:58 pmOs dejo que os veo muy entretenidos colocandole la alfombra roja al Partido Popular.” (Que nadie se atreva a criticar al partido, que nadie diga que se ha equivocado; criticar al PSOE por ir de la mano con el PP en implementar la propuesta antigua del PP de este cambio constitucional, es colocar la alfonbra roja al PP)

    15-Septiembre-2011 – 22:04 pm¿Sabes cuál es la deuda privada española? Es difícil encontrar datos fiables, pero pongamos que pasa de 2 BILLONES (con B de barbaridad) de euros, el 217% del PIB español, casi 50 puntos más que el endeudamiento privado medio de los países de nuestro entorno. Una parte de esa deuda (de momento en torno a un 5%) ya consta como morosa (un 5% de 2 billones de euros son 50.000 millones de euros, o sea, una barbaridad) ¿Quién ha expoliado a quién? ¿Los bancos extranjeros a los españolitos o los españolitos a los grandes bancos extranjeros?” (el problema ahora es la deuda privada; son los ciudadanos los que expolian a los pobres bancos extranjeros, porque hay un 5% de cartera vencida o morosidad)

    17-Septiembre-2011 – 18:36 pm– Los datos más actuales de morosidad que he encontrado son los ofrecidos por el Banco de España a finales de agosto, que señalan que la morosidad en la banca española es del 6,4%. […]- Es sabido que el problema del sistema financiero español no son los bancos, que parecen estar sorteando la crisis razonablemente bien. El problema son las Cajas de Ahorro que, en general, andan mal o muy mal. […]

    – Impresionante el mecanismo psicológico (no me atrevo a llamarle razonamiento) que parece subyacer en un comentario inferior: “Como, aunque te expolie vas a seguir ganando dinero, entonces, te expolio”. Claro que sí, eso es Derecho, y todo lo demás estupideces. (El problema ahora son las Cajas; si es así, ¿entonces de qué servirá la reforma constitucional sobre deuda pública? Y claro, no podía faltar el psicoanálisis)

    Tienes toda la razón es sospechar de mis intenciones. Cuando tú opinas libremente mostrando tu desacuerdo con alguien, es porque así lo dicta tu recta intención. Cuando lo hago yo, es porque tengo ocultas y perversas intenciones de desprestigiar.

    Servido.

     

  • Tal como, con mucha honestidad y sabiduría, mostró el profesor del IESE Leopoldo Abadía, en un artículo reproducido por ATRIO, la responsabilidad de la entidades financieras en la actual crisis es enorme al haber pretendido vender “duros” a “cuatro pesetas” a los pequeños y medianos ahorradores trasmitiendo “paquetes” de activos (hipotecas “subprime” y otros) “infectados” de insolvencia, en su afán de minimizar sus propios riegos de inversión y obtener amplios beneficios. Enlace:
    http://tertulia.adg-n.es/?p=14

    Aún hoy día si alguien se acerca a una entidad financiera cualesquiera (Banco o Caja) probablemente le ofrecerán invertir parte de sus ahorros en “activos” de gran rentabilidad “no garantizada” (y de alto riesgo)  de forma que si  no se consigue la rentabilidad deseada, el que pierde es siempre el impositor (algunos han llegado a perder el capital) y nunca la entidad financiera.

    De este modo durante mucho tiempo el ahorro no fue dirigido por las entidades financieras a las actividades productivas, sino a “productos de especulación en el mercado internacional. 

    Por otra parte en EL PAÍS de hoy se publica un interesante artículo que puede ayudar a la reflexión de dos exdecanos del Colegio de Economistas  de Madrid. Se titula “No es economía es ideología“.
     
    Enlace: http://www.elpais.com/articulo/opinion/economia/ideologia/elpepiopi/20110917elpepiopi_4/Tes
    Gracias a todos.

  • pepe blanco

    Antes de intentar desprestigiarme tan burdamente (como, en mi opinión, sueles hacer con los que, para mi gusto, son algunos de los mejores comentaristas de Atrio -Juan Luis Herrero, Salvador Santos, Maite Lesmes, Ana Rodrigo, Oscar Varela-, lo cual me hace sospechar de tus intenciones, y digo esto a pesar de ser consciente de que la dirección de Atrio te considera “uno de los mejores colaboradores de Atrio, por su lúcida penetración en todos los temas” –qué miedo, no quiero ni pensar en el bajo concepto que la dirección de Atrio debe de tener de los demás, de todos los que no somos capaces de penetrar lúcidamente en los temas-), si te apetece repasa mis intervenciones en este debate, y su relación con los comentarios de los demás, y verás que no tienen nada que ver con el insólito resumen que haces en el último párrafo de tu comentario anterior.

  • pepe blanco

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    Antes de intentar desprestigiarme tan burdamente (como, en mi opinión, sueles hacer con los que, para mi gusto, son algunos de los mejores comentaristas de Atrio -Juan Luis Herrero, Salvador Santos, Maite Lesmes, Ana Rodrigo, Oscar Varela-, lo cual me hace sospechar de tus intenciones, y digo esto a pesar de ser consciente de que la dirección de Atrio te considera “uno de los mejores colaboradores de Atrio, por su lúcida penetración en todos los temas” –qué miedo, no quiero ni pensar en el bajo concepto que la dirección de Atrio debe de tener de los demás, de todos los que no somos capaces de penetrar lúcidamente en los temas-), si te apetece repasa mis intervenciones en este debate, y su relación con los comentarios de los demás, y verás que no tienen nada que ver con el insólito resumen que haces en el último párrafo de tu comentario anterior.

  • Rodrigo Olvera

    Una manipilación más de Pepe Blanco, decir que mi comentario implica “como vas a ganar dinero te expolio”. Eso sería una cuestión INDIVIDUAL. Además, implica (falsamente) que toda persona que ha incurrido en mora es por voluntad delictiva. Lo cual no corresponde a la realidad. Sin duda hay quien impaga pudiendo pagar; pero en general, la mora es debido a incapacidad de pago. Y vuelve a poner ejemplos manipuladores, estrategia que ya tuvo que reconoce anteriormente
     
    Mi comentario se refería al comentario de Pepe, en el cual la presencia de 5% de mora (en su comentario original, ahora lo sube a 6 y algo) implica que los bancos están siendo expoliados. Ese comentario no es respecto a decisiones individuales, sino al balance de la situación de los bancos. Insisto en que ningún banco reporta pérdida, mucho menos expolio.
     
    Muy interesante, para Blanco primero el problema era la deuda pública (por éso se justificaba que la constitución pusiera una garantía absoluta de pago de dedua pública), luego fue el expolio a los bancos. Ahora son las Cajas.  Lo que sea con tal de no reconocer que el PSOE tomó una decisión equivocada al sumarse al proyecto del PP. Claro, la infabildad del Papa es nefasta pero que nadie cuestione la infabilidad del partido.

  • pepe blanco

    – Los datos más actuales de morosidad que he encontrado son los ofrecidos por el Banco de España a finales de agosto, que señalan que la morosidad en la banca española es del 6,4%. En términos absolutos, unos 115.000 millones de euros. Lo peor es que en los últimos 3 años no ha dejado de subir, mes a mes, décima a décima, pasito a pasito.
     
    – Está claro que dicho porcentaje total debe interpretarse como una media. Es decir, algunas entidades financieras -la mayor parte de los bancos- tienen unos índices inferiores y otras, índices superiores, incluso bastante superiores –en general, las Cajas de Ahorro-.
     
    – Es sabido que el problema del sistema financiero español no son los bancos, que parecen estar sorteando la crisis razonablemente bien. El problema son las Cajas de Ahorro que, en general, andan mal o muy mal. Su peso en el sistema financiero español es de, aproximadamente, el 55%. Tres de las importantes ya han sido intervenidas últimamente por el Banco de España (Caja Castilla-La Mancha, Cajasur y, hace un par de meses, Caja Mediterráneo, tras haber anunciado unas pérdidas de más de 1.100 millones de euros el primer semestre del año y una morosidad superior al 19%).
     
    ………………………………………
     
    – Impresionante el mecanismo psicológico (no me atrevo a llamarle razonamiento) que parece subyacer en un comentario inferior: “Como, aunque te expolie vas a seguir ganando dinero, entonces, te expolio”. Claro que sí, eso es Derecho, y todo lo demás estupideces.
     
    – Cuando vuelva a la frutería de la esquina, pensaré que, aunque le mangue al frutero una lechuga y dos naranjas, él va a seguir ganando dinero, por lo que podré mangárselos sin ningún problema de conciencia. Por si acaso llego a una conclusión desagradable, no tendré en cuenta que tal vez a los doscientos vecinos de mi calle se les pueda ocurrir la misma idea genial.
     
    ………………………………………
     
    – Honorio, todavía confío en que, finalmente, no tengamos que compadecer, ni al paisano que con sus ahorrillos compró deuda pública ni a la señora que cada mes cobra su pensión. Pero sí creo que más de un convecino se merecería una cívica y seria reprimenda por haber contraído unas deudas, con frecuencia innecesarias y, muchas veces, desde la más absoluta y evidente irresponsabilidad.

  • Luís Troyano

    Oscar Varela:
    Muy bueno lo ultimo que pones de  Noam Chomsky. Nos parece inconcebible que haya cerebros maquinando con proceder tan perverso, y lo dice alguien que es creible como Chomsky. No es un panfleto de la “Nueva Era” sobre los Iluminati.
    Costará mas, por la manipulación de que nos habla este americano valiente, pero cuando todo de el “bejigazo”, correrá la sangre, de un modo que no es “virtual”. Cuando un gas se comprime hasta el limite, una simple chispa, lo hace explotar. porque el gas a que me refiero, es inflamable…
    La avaricia hace romper el saco. Creo que por este motivo ya hay multimillonarios juiciosos, que están pidiendo pagar mas impuestos…, la están viendo venir…
    Manda c., que sean los ricos los que pidan a los politicos pagar mas, Eso da una muestra de en manos de quien estamos, por quien deberia defender nuestros intereses. Estrangulados hasta la agonia, por nuestros “jefes”, y vendidos por “nuestros defensores”, asi estamos. Pero mi esperanza es que la indignación crezca, hasta el punto critico del no retorno. Espero que sea para bien…

  • h.cadarso

    Creo que el mismo debate que hemos reanudado va dando respuesta a lo que cree Gundín que yo tenía que precisar un poco más.
    Efectivamente, muchos españolitos se han pillado los dedos y se han embarcado en créditos que, si lo hubiesen pensado un poco, se habrían dado cuenta de que no los podrían pagar. Pero los que sí sabían de sobra lo que iba a pasar eran los bancos y los grandes especuladores de las finanzas internacionales, y ellos mismos estimularon al personal para que gastase, invirtiese y se endeudase a lo loco.
    Ahora resulta que todo el mundo le echa la culpa al vecino, que los bancos siguen ganando dinero a espuertas, que los especuladores siguen especulando e incluso se permiten invertir en el hambre del Tercer Mundo el dinero que les han dado los gobiernos; y que los únicos que lo están pasando mal son los sin trabajo, los acribillados a hipotecas, los que están sometidos a recortes en sus derechos, los que mueren de hambre en Somalia y mil lugares más…
    Perdona, Pepe Blanco, pero no entiendo del todo ese cambio de tercio. En los mensajes anteriores te compadecías del españolito que le ha prestado 3.000 euritos al erario público o se los ha jugado en la Bolsa, y ahora resulta que son los españolitos los culpables, porque  que se han metido en la boca del lobo por invertir a lo loco… ¿Finalmente qué tenemos que hacer, compadecerlos o abroncarlos?
    Y no me tomes a mal mi manera de hablar o de escribir, yo soy muy tosco y muy parejo, como dicen en mi tierra. Pero creo que no tengo mal corazón.

  • M. Luisa

    Bienvenidas seas todas estas estrategias basadas  todas ellas desde una perspectiva psicológica de la persona, no tomada ésta desde su realidad propia en donde su formalización estructural se deja de lado. De ahí la importancia  que para los estudiosos de las neurociencias  tiene el estructuralismo en el que  se basa  la gramática generativa de Chomsky.
     
    Bueno, ahora no tengo más tiempo,  además, bien mirado  ¿para qué?  Si no se quiere dar un paso más allá del mero psicologismo….
     
    Voy a ver si en Barcelona  me distraigo

  • oscar varela

    Hola!
     
    Tal vez estos avatares (y otros que seguirán su lógica neo-liberal)
    han sido esclarecidos en un decálogo del texto “Armas silenciosas para guerras tranquilas”.
    …………………
     
    Noam Chomsky

    El elemento primordial del control social es la estrategia de la distracción que consiste en desviar la atención del público de los problemas importantes y de los cambios decididos por las elites políticas y económicas, mediante la técnica del diluvio o inundación de continuas distracciones y de informaciones insignificantes.
     
    La estrategia de la distracción es igualmente indispensable para impedir al público interesarse por los conocimientos esenciales, en el área de la ciencia, la economía, la psicología, la neurobiología y la cibernética.
     
    > “Mantener la Atención del público distraída
     
    lejos de los verdaderos problemas sociales, cautivada por temas sin importancia real. Mantener al público ocupado, ocupado, ocupado, sin ningún tiempo para pensar;
    > Crear problemas, después ofrecer soluciones.

    Este método también es llamado “problema-reacción-solución”. Se crea un problema, una “situación” prevista para causar cierta reacción en el público, a fin de que éste sea el mandante de las medidas que se desea hacer aceptar. Por ejemplo: dejar que se desenvuelva o se intensifique la violencia urbana, u organizar atentados sangrientos, a fin de que el público sea el demandante de leyes de seguridad y políticas en perjuicio de la libertad. O también: crear una crisis económica para hacer aceptar como un mal necesario el retroceso de los derechos sociales y el desmantelamiento de los servicios públicos.


    > La estrategia de la gradualidad.

    Para hacer que se acepte una medida inaceptable, basta aplicarla gradualmente, a cuentagotas, por años consecutivos. Es de esa manera que condiciones socioeconómicas radicalmente nuevas (neoliberalismo) fueron impuestas durante las décadas de 1980 y 1990: Estado mínimo, privatizaciones, precariedad, flexibilidad, desempleo en masa, salarios que ya no aseguran ingresos decentes, tantos cambios que hubieran provocado una revolución si hubiesen sido aplicadas de una sola vez.


    > La estrategia de diferir.

    Otra manera de hacer aceptar una decisión impopular es la de presentarla como “dolorosa y necesaria”, obteniendo la aceptación pública, en el momento, para una aplicación futura. Es más fácil aceptar un sacrificio futuro que un sacrificio inmediato. Primero, porque el esfuerzo no es empleado inmediatamente. Luego, porque el público, la masa, tiene siempre la tendencia a esperar ingenuamente que “todo irá mejorar mañana” y que el sacrificio exigido podrá ser evitado. Esto da más tiempo al público para acostumbrarse a la idea del cambio y de aceptarla con resignación cuando llegue el momento.


    > Mantener al público en la ignorancia y la mediocridad.

    Hacer que el público sea incapaz de comprender las tecnologías y los métodos utilizados para su control y su esclavitud. “La calidad de la educación dada a las clases sociales inferiores debe ser la más pobre y mediocre posible, de forma que la distancia de la ignorancia que planea entre las clases inferiores y las clases sociales superiores sea y permanezca imposibles de alcanzar para las clases inferiores
     
    > Reforzar la autoculpabilidad.

    Hacer creer al individuo que es solamente él el culpable por su propia desgracia, por causa de la insuficiencia de su inteligencia, de sus capacidades, o de sus esfuerzos. Así, en lugar de rebelarse contra el sistema económico, el individuo se autodesvalida y se culpa, lo que genera un estado depresivo, uno de cuyos efectos es la inhibición de su acción. ¡Y, sin acción, no hay revolución!

     

  • Luís Troyano

    X. Gundín:
     
    Creo que si hay inocentes, los trabajadores que viven perdiendo la vida por poder vivir, se les bombardeo para que consumieran por encima de sus posibilidades a fuerza de crédito. Cualquiera que tuviera mano para escribir, podía acceder a una tarjeta de “dinero de platico”, se concedían hipotecas inmobiliarias de forma temeraria por parte de los bancos etc.etc.etc.
    Todo se hacia “a pagar”, Santiago niño Becerra, catedrático de estructura económica, nos dice que la economía para “seguir tirando” no tuvo otra opción que el crédito. Claro que para seguir tirando, de la manera canalla, y cruelmente criminal que tira el neoliberalismo nuestro de cada día.
    Todos, hemos vivido por encima de nuestras posibilidades, Desde el ciudadano a los gobiernos. Y ahora debemos lo que no podemos pagar.
    Pero repito, unos somos las victimas, que además somos los que pagamos todos los desaguisados, y otros son los responsables. Y por cierto, solo he visto a algún responsable sentado en el banquillo de los acusados en Islandia. Y habría para llenar un campo de fútbol…

  • Rodrigo Olvera

    Concuerdo con Gundín.
     
    Además… si sólo 5% de la deuda privada es morosa, significa que 95% está al corriente del pago de intereses y capital. Si se considera la tasa de recuperación, los índices de depreciación y la ganancia a que están sometidos los contratos de crédito, una cartera vencida de 12% sigue reportando GANANCIAS …no sólo no hay pérdida ni expolio, sino UTILIDAD.
     
    Cualquiera puede mostrar que los bancos son unos de los sectores con mayor utilidad en los últimos 3 años. Quien quiera negarlo, revise los informes financieros de los bancos y muestre UNO sólo que reporte pérdida.

  • X. Gundín

    Pepe Blanco 22:04 y 22:11,
    Las cantidades que ahí das si son ciertas, asustan. Pero son deuda privada. La reforma constitucional obliga a la deuda pública.
    Ignoro el alcance que H. Cadarso da a la expresión  “expólio al que nos están sometiendo los mismos que provocaron la burbuja inmobiliaria en 2008. El mismo podría aclararlo, si lo tiene a bien.
    El expolio a que en estos momentos estamos colectivamente sometidos -digo yo- está en los precios de subasta de la deuda pública española.  La pública. Y la reforma constitucional será para garantizar el preferente cobro de esa deuda pública, no de la privada.
    Por otra parte -hágase memoria- no fue ningún secreto el endeudamento privado español. Si recuerdo bien el Banco de España  advirtió repetidamente de los peligrosos niveles de la deuda de familias y empresas. Y como esas advertencias fueron publicamente hechas -yo las leí en la prensa- todos sabíamos lo que había: los puferos que pidieron créditos que no podían pagar, los bancos españoles que prestaron -¡en inmejorables condiciones, y más del 100% de los necesario!- y los id. extranjeros que prestaron a los españoles, y los gobiernos de Aznar y Zapatero y el propio Banco de España que sabiendo todos ellos de que iba no cortaron. No hay inocentes.
     

  • Rodrigo Olvera

    Claro… los bancos son las pobres víctimas de los ciudadanos malvados que tienen intenciones perversas como asegurar que podrán cobrar sus salarios y pensiones!!!!!!!!
    Criticar que el PSOE vaya de la mano del PP para implementar los proyectos del PP… es un plan maquiavélico de los puristas para ponerle la alfombra al ….PP!!!!
     
    [Cualquier estupidez vale con tal de defender al indefendible acto del PSOE ]

  • pepe blanco

    Fe de erratas:

    Un 5% de 2 billones de euros son 100.000 millones de euros, el monto del expolio al que los audaces españolitos han sometido a la gran banca internacional, particularmente a la francesa y a la alemana, que deben de ser las que más deuda privada española tienen.

  • pepe blanco

    ¿Expolio al que nos están sometiendo? No pensaba intervenir más en este debate, pero insistís y hay datos que es conveniente recordar, de vez en cuando.

    Honorio, dices que nos están sometiendo a un expolio. ¡Joder! (con perdón) Ojalá todos los expolios sean como el nuestro. ¿Sabes cuál es la deuda privada española? Es difícil encontrar datos fiables, pero pongamos que pasa de 2 BILLONES (con B de barbaridad) de euros, el 217% del PIB español, casi 50 puntos más que el endeudamiento privado medio de los países de nuestro entorno. Una parte de esa deuda (de momento en torno a un 5%) ya consta como morosa (un 5% de 2 billones de euros son 50.000 millones de euros, o sea, una barbaridad) ¿Quién ha expoliado a quién? ¿Los bancos extranjeros a los españolitos o los españolitos a los grandes bancos extranjeros?

  • h.cadarso

    Pepe Blanco: Aquí nadie está poniendo alfombra roja a nadie, estamos discutiendo una decisión del Parlamente votada en positivo por PSOE, PP y no sé quién más, y rechazada por IU y quizá nadie más.
    Yo puedo entender que el gobierno considere que dada la fuerza de la derecha en la Unión Europea, dada la situación de la economía mundial y el momento político mundial, no es posible otro camino que el que han tomado.
    Pero yo estoy convencido de que esa no es la solución, y conmigo muchos europeos que protestan contra estas soluciones en las calles, pero los partidos políticos les vuelven la espalda. Y creo que tanto el PSOE como todos los partidos de izquierda europeos deberían ser más receptivos con el clamor popular. Y deberían de una puñetera vez intentar hacer frente con toda la astucia y mano izquierda que puedan a ese expolio al que nos están sometiendo los mismos que provocaron la burbuja inmobiliaria en 2008. ¿Hasta cuándo vamos a dejarnos gobernar por esos hijos de la gran?

  • ELOY

    Amigo pepe blanco:

    Tu comentario final de que estamos poniendo la alfombra al Partido Portugal no es justo ni equitativo. Y no responde desde luego a mi deseo y voluntad. Y debes saberlo.  No se puede ocultar la verdad. Ni lo que uno piensa en conciencia. Queda muy claro en el libro “Libertad de conciencia y derechos humanos. Vida y pensamiento de José Mª Díez-Alegria”, de Jua Antonio de la Rosa y distribuido también por ATRIO,entre otros muchos testimonios de todos los tiempos.  

    Por otra parte en una carta dirigida a EL PAÍS ( y publicada hoy) he intentado condensar el contenido del “post”. Adjunto enlace: 

    http://www.elpais.com/articulo/opinion/Privilegio/causa/elpepuopi/20110914elpepiopi_8/Tes
    Gracias.

  • pepe blanco

    No es exacto que haya agotado todos mis argumentos en defensa de la reforma constitucional, pero no puedo resistirme a una invitación a callarme tan amable.
     
    Nada más por ahora, chicos. Os dejo que os veo muy entretenidos colocandole la alfombra roja al Partido Popular.
     

  • h.cadarso

      Pepe Blanco: Yo soy de efecto retardado, pero acabo de darme cuenta de que hablas del tío ese que tiene 3.000 eurillos ahorrados y se los presta al gobierno y quiere cobrar y exige garantías de cobro. Y a uno se le enternece el corazón pensando en el tío eso que tiene sus ahorrillos debajo de un ladrillo, 3.000 miserables eurillos, y se los presta al gobierno, el muy patriota.
      Pepe Blanco, por favor, estamos hablando de especuladores a nivel mundial, de los grandes timadores de la burbuja financiera, de los que matan de hambre a media Somalia…y tú venga con que hay que respetar al que ha prestado 3.000 eurillos…
      No es que el gobierno español se haya enternecido con el que le ha prestado 3.000 eurillos, es que se ha bajado los pantalones delante de los grandes criminales y chupasangre de este siglo…Y a esos hay que aplicarles otra medicina, no precisamente la de cambiar la Constitución para que nos den…

  • ELOY

    amigo pepe:

    La fuente “normal” de recursos de las Administraciones Públicas son los impuestos, tasas y demás gravámenes.

    Por otra parte los trabajadores tienen ya reconocidos sus derechos prioritarios de cobro por salarios, incluso por delante de los créditos de la Hacienda Pública. Pero la reforma los convierte en créditos “subordinados”, conculcando sus derechos.

    El recurso al crédito no debe ser permanente ni ilimitado or parte de la Administración Pública. Debe tener límites racionales y eso es precisamente lo que intenta la reforma constitucional. Pero “aprovechando” la reforma se “ha colado” un privilegio absoluto de cobro para los acreedores. Y eso tal como se ha hecho incluso no le parece bien al Sr. Rubalcaba, en la entrevista que le hace EL PAÍS.

    Tus argumentos y tu intervención som de agradecer porque nos ayudan a repensar los temas. El dar “garantía” a los acreedores financieros puede tener su “lógica”, pero ni la forma de hacerlo ni el fondo – con privilegios indiscriminados y prorizandolo sobre todos los demás créditos ya privilegiados – parece correcto. Es “ceder” a una exigencia de esos mismos mercados. Es decir es ceder a una especie de chantaje de los prestamistas. 

    Por mi parte creo que ya hemos expuesto nuestros argumentos y dejaria ya el tema, si te parece.  Gracias de nuevo  de verdad e unha aperta agradecida.

  • pepe blanco

    Hola Eloy.

    No tengo formación académica ni en derecho ni en economía, por lo que tan solo desde el simple sentido común puedo responder a tu pregunta.

    Preguntas, ¿Y que pasa con los otros acreedores por sueldos y salarios, pensiones, ayudas de minusvalia … ? ¿Van a dejar de cobrar y morirse de hambre para que cobren en primer lugar los prestamistas (Bancos y otras instituciones financieras)  que han estado jugando “al mercado financiero” aprovechandose de la subida de intereses etc. 

    Es decir, ¿por qué no tienen preferencia de cobro absoluta los ciudadanos acreedores de salarios, pensiones, etc? Y mi sentido común responde ¿quizás porque si el prestamista no presta dinero al estado, los ciudadanos no cobrarán su prestación social, por muy absoluta que fuera para los ciudadanos la prioridad de cobro de los pagos por parte del estado de los que son acreedores?

  • ELOY

    Gracias pepe blanco.

    Pregunto: ¿Y que pasa con los otros acreedores por sueldos y salarios, pensiones, ayudas de minusvalia … ?.

    ¿Van a dejar de cobrar y morirse de hambre para que cobren en primer lugar los prestamistas (Bancos y otras instituciones financieras)  que han estdo jugando “al mercado financiero” aprovechandose de la subida de intereses etc. 

    Para regular las prioridades de cobro de los créditos tienen el Derecho instrumentos adecuados (también para garantizar el pago de la Deuda del Estado), pero no para que se declare en la Constitución una prioridad de crédito absoluta, sobre todos los demás créditos. ¿En base a qué?. Ya le he dicho: en basr al miedo a los mercados. Al menos tendrían derecho a cobrar los créditos más antiguos y antriores a la deuda… ¡ pues no!.

    ¿Y eso no conculca derechos fundamentales que los españoles tienen  reconociodos en la Constitución (en el Capitulo Segundo, Sección Primera, del Título I)?.

    ¿Y no es por ello necesario el referendum al que se refiere el articulo 168 de la Constitución?.

    No pretendo convencerte de nada. Yo he expuesto mis convicciones y sigo creyendo en ellas, pero tampoco pretendo que los demás piensen como yo.  Sin embargo este cambio en la Constitución me temo, tal como se ha hecho que no es el adecuado.

    Por si faltase alguna autoridad para confirmarlo, hoy mismo Alfredo P. Rubalcaba en EL PAÍS (pagina 17) lo decía: “Yo lo habria hecho distinto que Zapatero.Y lo habría hecho distinto que Rajoy” (refiriéndose a la reforma de la Constitución). 

    Adjunto enlace con las declaraciones del Sr. Rubalcaba en EL PAÍS: 
    http://politica.elpais.com/politica/2011/09/10/actualidad/1315685887_396600.html  

  • pepe blanco

    (Perdón, repito al comentario para corregir algunos errores con las cursivas)

    Hola otra vez, Eloy.
     
    Sigamos. Tienes razón al afirmar que mi ejemplo era un poco tramp…, bueno, mejor dicho era un poco capcioso. Lo que la constitución va a decir, literalmente, es que “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones…, etc., etc.”.
     
    Yo no soy hombre de leyes, pero entiendo que la Constitución viene a decir lo siguiente, dirigido al legislador y al gobernante:
    “Tienes que presupuestar con el objetivo de la estabilidad presupuestaria. Si no lo haces, y para costear los gastos públicos decides endeudar la administración, una ley orgánica te dirá hasta dónde puedes hacerlo. Pero ¡¡OJO!!, que si endeudas el erario público y después no eres capaz de pagar la deuda, los nuevos créditos que pidas para pagarla, tendrán prioridad de cobro absoluta.”
     
    ¿Es esta determinación algo absurdo a injusto? Pongámonos por un momento en el lugar del prestamista, independientemente de su nacionalidad y de su tamaño.
     
    De repente a un prestamista acude un estado a pedirle dinero. ¿Dinero para pagar pensiones? No. ¿Dinero para construir carreteras? Tampoco. Dinero para pagar una deuda que no puede pagar, obviamente, porque si pudiera, no acudiría a pedir ese dinero.
     
    Y entonces el prestamista se pregunta ¿y por qué voy a confiar en que me devuelva un dinero que le voy a prestar porque no puede pagar las deudas que ya tiene contraídas? ¿Qué me hace pensar que a mí sí me pueda devolver el dinero, cuando llegue el momento?
     
    Salida: o le fija unos intereses astronómicos o le exige la garantía constitucional de que va a cobrar. Y si no, no le deja el dinero y que el estado se busque la vida. Y ni a ti te devolverán los 3.000 eurillos que tenías invertidos en Deuda Pública ni, probablemente, al anciano le podrán pagar el importe íntegro de su pensión.
     
     Unha aperta, que nunca falte…

  • pepe blanco

    Hola otra vez, Eloy.
     
    Sigamos. Tienes razón al afirmar que mi ejemplo era un poco tramp…, bueno, mejor dicho era un poco capcioso. Lo que la constitución va a decir, literalmente, es que “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones…, etc., etc.”.
     
    Yo no soy hombre de leyes, pero entiendo que la Constitución viene a decir lo siguiente, dirigido al legislador y al gobernante:

    “Tienes que presupuestar con el objetivo de la estabilidad presupuestaria. Si no lo haces, y para costear los gastos públicos decides endeudar la administración, una ley orgánica te dirá hasta dónde puedes hacerlo. Pero ¡¡OJO!!, que si endeudas el erario público y después no eres capaz de pagar la deuda, los nuevos créditos que pidas para pagarla, tendrán prioridad de cobro absoluta.”
     
    ¿Es esta determinación algo absurdo a injusto? Pongámonos por un momento en el lugar del prestamista, independientemente de su nacionalidad y de su tamaño.
     
    De repente a un prestamista acude un estado a pedirle dinero. ¿Dinero para pagar pensiones? No. ¿Dinero para construir carreteras? Tampoco. Dinero para pagar una deuda que no puede pagar, obviamente, porque si pudiera, no acudiría a pedir ese dinero.
     
    Y entonces el prestamista se pregunta ¿y por qué voy a confiar en que me devuelva un dinero que le voy a prestar porque no puede pagar las deudas que ya tiene contraídas? ¿Qué me hace pensar que a mí sí me pueda devolver el dinero, cuando llegue el momento?
     
    Salida: o le fija unos intereses astronómicos o le exige la garantía constitucional de que va a cobrar. Y si no, no le deja el dinero y que el estado se busque la vida. Y ni a ti te devolverán los 3.000 eurillos que tenías invertidos en Deuda Pública ni, probablemente, al anciano le podrán pagar el importe íntegro de su pensión.
     
     Unha aperta, que nunca falte…

  • ELOY

    Apreciado pepe blanco:

    Tu sabes que a veces los ejemplos pueden confundir o ser algo tramposos, pero sigamos con los ejemplos.
     
    ¿Crees que debo de cobrar yo esa capital ahorrado antes que la pensión un pensionista, que no tiene otra cosa que su sueldo o que un  un albañil que tiene que sostener con su sueldo a su familia?. 

    Pues eso es lo que viene a decir el nuevo texto de la Constitución, que cuando el Estado vaya a pagar por ejemplo los salarios de los funcionarios o las prestaciones de la Seguridad Social, puede aparecer un prestamista (que muchos de ellos se dedican a “subastar” su dinero por todo el mundo: los mercados) ) y plantear su mejor derecho al cobro incluso ante los Tribunales, ya que su crédito tienen preferencia absoluta. 

    Como sabes ya desde el derecho Romano se establecieron determinadas preferencias de crédito. Actualmente tambien las contempla la Ley. Las más conocidas son las de los créditos “superprivilegiados” de los trabajadores por deterrminados días o mese de salarios. Pero existen otra muchas preferencias.

    Pues bién el establecimiento de una prioridad absoluta de cobro por parte de los prestamistas (normalmente “peces gordos” que operan en los mercados, que son los que mueven grandes volumenes de un lugar para otro del mundo) se superpone sobre todas las preferencias existentes, tal como está redactado el precepto constitucional en trámite. 

    Y eso es una injustica. Y además algo contrario a la lógica del Derecho pues es una “prefencia de cobro sin causa” (como por ejemplo sí la tienen el cobro de los salarios). Su única “causa” es el miedo a los mercados. Tranquilizar a los mercados.

    Es decir estamos ante un puro y simple privilegio equivalente a los que disfrutó la Nobleza en otros tiempos. Hoy la Nobleza la constituyen las grandes fortunas y sus instrumentos financieros.  

    Además tal postura constitucional supone que el Estado pierde fuerza a la hora de intentar renegociar en plazos o intereses su deuda, puesto que dado que el privilegio está como está en la Constitución los prestamistas podrian alegar su derecho al cobro en via judicial bien en base al artículo 135.3 bien en base a la Ley de desarrollo que en todo caso no puede contradecir lo dicho en la Cosntitución.

    El Estado puede arbitrar garantías para los  pequeños ahorradores ( como hace garantizado determinados límites de los depositos bancarios en caso de suspensión de pagos o quiebra de un Banco )

     También puede arbitar determinadas garantias de cobro prioritario para pequeños inversores en Deuda Pública.  O hasta un determinado límite de inversión. Lo que parece excesivo es este indiscriminado “café para todos” que da una enorme posición y fuerza a los grandes prestamistas financieros. 

    Y sobre todo que estos límites y prioridades (cambiantes en el tiempo) entiendo que no deben figurar en la Constitución.

    Por eso la batalla a los mercados hay que ganarla en el campo que tu señalas del adecuado control del gasto evitando despilfarros (probablemente la Ciudad de la Cultura será uno de ellos, como dices).

    El tema de las preferencias de créditos es una lucha entre acreedores para ver quien cobra primero y toda su deuda , cuando no se puede pagar a todos.

    Dice alguna literatura que hubo tiempos en los que los acredores llegaban a repartirse el cuerpo del deudor cuando no había bienes bastantes para pagar todo lo que se les debía. Pero quizá no sea cierto.

    Sobre las preferencias de crédito hay mucho escrito . Un libro  que hace historia del terma desde el derecho Romano hasta nuestros días, es “Tratdo de las Preferencias de Crédito” de José María Garrido. Editado por Civitas en el año 2000. Ignoro si hay ediciones actualizadas. (El autor , hoy catedrático, fue profesor en la Universidad de Vigo).

    Gracias de nuevo. Unha aperta (Un abrazo) 

  • pepe blanco

    Hola Eloy,
     
    Gracias por tu respuesta.
     
    Ahora, imaginemos por un momento que eres tú el prestamista, en sentido estricto. Es decir, no como ciudadano que paga sus impuestos a cambio de los cuales es acreedor de ciertos servicios, sino como ciudadano que tiene, pongamos por caso, 3.000 eurillos ahorrados y decide invertir en Letras del Tesoro, por ejemplo. Entrarías en el supuesto que prevé la reforma constitucional: llegada la fecha del vencimiento, el reintegro de tus 3.000 eurillos (que tal vez necesitarías urgentemente para algo imprescindible) junto con sus intereses, tendría prioridad absoluta frente a otros gastos.
     
    Me parece recordar que eres gallego, ¿verdad? ¿Qué te parecería si no existiese esa prioridad y vieses como a ti te niega la hacienda pública la devolución de tus dineros mientras ves, por ejemplo, que se gastan no sé cuantos miles de millones de euros en una “ciudad” (la de la “cultura”) con la que no tienen ni idea de lo que van a hacer? ¿Qué te parecería que a ti no te devolvieran tus 3.000 eurillos mientras ves, por ejemplo, que los miembros del CGPJ tienen cada uno de ellos a su disposición un coche con conductor y una secretaria, subvencionados, parcialmente, con tus tres mil eurillos?

  • ELOY

     
    Antonio Vicedo, gracias por tu comentario.
     
    La  “prioridad absoluta” que cita el reformado texto del  artículo 135 de la Constitución, ha de entenderse referida a las restantes obligaciones de pago de la Administración Pública. No sobre todas las demás realidades (es un “absoluto” “relativo”, valga la expresión)
     
    Pero aún así, es una prioridad que, como señalas, prioriza el pago de determinados créditos sin considerar otras prioridades de pago que por su afectación directa a las personas debe ser igualmente objeto de protección jurídica dotándolos de prioridad de cobro, al menos en determinados supuestos.   
     
    Créditos prioritarios, de cobro preferente, hay varios en nuestra legislación ordinaria y ya se señala en las notas al artículo cual es la clasificación que de los créditos que hace la Ley Concursal.
     
    Así pues al adjetivar la “prioridad de pago” como absoluta lo que quiere decir la reforma del artículo 135, es que los créditos de los “prestamistas” tendrán prioridad de cobro frente “absolutamente” todos los demás créditos, incluidos por ejemplo, los créditos salariales contra la Administración Pública.
     
    Ese carácter absoluto de la prioridad (que pone el pago a los prestamistas de la Administración por encima del pago de cualquier otro crédito), entiendo que no es cuestión baladí y es el aspecto sobre el que se quiere llamar la atención en el artículo más allá de todas las discusiones sobre el equilibrio presupuestario y el déficit que son otra cuestión.  
     
    Aprovecho para recordar  que sobre la cuestión del déficit se incorporan a este “post” (en NOTAS) tres enlaces. Uno con un artículo de Antonio Gutiérrez, diputado del PSOE contrario a la reforma (y que cita brevemente el inconveniente de la prioridad de créditos que comentamos), y otros dos enlaces con sendos artículos del profesor Javier Pérez Royo favorables a la reforma propuesta, pese a algunos inconvenientes de coyuntura política que en los mismos señala,  y en los que no he visto que cite en ningún momento la cuestión de la prioridad del crédito por el capital e intereses de la deuda de la Administración Pública.  

  • Antonio Vicedo

    CITA: De la reforma constitucional propuesta y precipidamente aprobada por la mayoría de los llamados ¡Señorías! del Congreso y Senado por representar ¿? legalmente al pueblo de ciudadanos como SOBERANÍA (absoluta dentro de la relativa de TOD*S y CADA UN* DE L*S ESPAÑOL*S):
    “- … . y su pago gozará de prioridad absoluta
    Lo UNICO que, dentro de la relatividad de lo natural merece el calificativo de absoluta, es LA PERSONA HUMANA, cuya prioridad dentro de un Estado de Derecho, no puede quedar subordinada a ningún otro valor esencial o circunstancial.
    Es principio general e inalterable de LA JUSTICIA, incluso cuando las leyes no lo amparen, que: En caso de necesidad personal que ponga en riesgo SU MISMA realidad o condición, LA PRIORIDAD DE DISPONIBILIDAD DE TODOS LOS BIENES, por su carácter natural de COMUNES,  es inviolable.
    Obstaculizar esa DISPONIBILIDAD, respecto a EXTREMAS NECESIDADES HUMANAS (no sólo de existencia vital física ) equivale a  CRIMINALIDAD real, cualquiera que sea el calificativo causal o culpable que se le atribuya.
    ¿Cómo puede convertirse en condicionamiento constitucional democrático un postulado que da absoluta prioridad a algo (“su pago) que no es LA PERSONA y cuanto conlleva de disponibilidades materiales para poder realizarse como tal y como tal SER CONSIDERADA por la SOBERANÍA POPULAR?
    ¿Los ABSOLUTISMOS, monárquicos, oligárquicos o dictatoriales, no se fundamentan en negar el valor. prioritariamente absoluto, a TODA PERSONA? R

  • ELOY

    Amigo pepe blanco, gracias por tu comentario.

    Discrepo de tu punto de partida de que se quiera ocultar el tema, importante, del equipibrio presupuestario fijando un límite al deficit público.

    Por el contrario, claramente se dice al comienzo del artículo que se  trata de estudiar un punto concreto de la reforma: 

    “En el texto de la reforma del artículo entiendo que han de distinguirse claramente dos aspectos. Por un lado, la exigencia de determinado grado de equilibrio presupuestario. Por otro, la indicada configuración de determinados créditos contra la Administración Pública como preferentes frente a otros créditos contra ella. Nuestra reflexión se refiere hoy a este último aspecto. (2)”
     Lo que a mi me asombra precisamente es la poca importancia que en la prensa y otros medios, incluídos los sindicales, se ha dado a este punto y se haya obviado plantear la cuestión de lo que significa  priorizar el cobro de los créditos de los prestamistas, es decir de los “mercados”  frente a los de los ciudadanos.  

    Muchas gracias de nuevo por tu aportación.  

  • pepe blanco

    Y, ya puestos, copio el texto ínttegro del nuevo artículo 135, para que todos sepamos de qué estamos hablando:

    1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

    2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

    Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

    La actual situación económica y financiera no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constitución

    3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

    Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

    El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

    5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

    a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

    b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

    c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

    6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

    Disposición adicional única
    .

    1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.

    2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.

    3. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

  • pepe blanco

    Y, quizás, lo más imprtante, que tanto Eloy Isorna como tantos otros parecen empeñados en querer ocultar, el apartado 4 del nuevo artículo:

    4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

    Vale, sólo en esos casos, pero en esos casos, sí.

  • pepe blanco

    Algunas consideraciones:
     
    – Interpretar que el punto crucial de la reforma es la frase “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta”, es hacer una interpretación personal con la que otras personas no estamos de acuerdo.
     
    – Personalmente, interpreto que el punto crucial de la reforma es la voluntad constitucional de fijar un límite al déficit público.
     
    – La reforma, como se puede leer en su texto, no fija un techo concreto al límite estructural, sino que establece el principio de estabilidad presupuestaria,
     
    – dejando, para su aprobación por medio de una ley orgánica, el establecimiento de un techo máximo concreto de déficit estructural.

  • ELOY

    juanito, h. cadarso y X.Gundin: Gracias por vuestros comentarios.

    He accedido al enlace que nos facilita h. cadarso y efectivamente podemos darnos cuenta de que en el mundo hay realidades realmente sangrantes y muy duras, comparables a otras tragedias producidas en diversos momentos de la historia.

    No obstante, creo que ninguna tragedia debe ser minimizada en comparación con otras. Todas son un horror para los que la padecen. Pero es verdad que cuando, por las razones que fuere,  no percibimos la realidad en toda su crudeza, comparacciones, como la que hace h. cadarso,  puede ayudarnos abrir lo ojos y ser más conscientes del alcance terrible de la realidad. Gracias.   
     

  • JL

    La reforma del artículo 135, sin consultar al Pueblo en quien reside la soberanía, es un ataque mortal a eso que seguimos indebidamente llamando democracia. Desde ahora se puede decir que la soberanía nacional reisde en el PP y en el Psoe. Es el momento de poner punto final a este abuso de poder.

  • X. Gundín

    Eloy Isorna,
    Gracias por esta aclaración. La leeré varias veces, palabra.

  • h.cadarso

      Amigo Eloy: Encantado de reencontrarte aquí, muy de acuerdo con tu comentario sobre la reforma que han iutroducido en nuestra Constitución los señores de los mercados.
      Hoy mismo yo he puesto mi huevito sobre el tema, y me atrevería a invitarte a ti y a todos a que lo veáis. se titula “Hei Hitler” y podéis leerlo en http://www.durangon.com. Auschwitz y Mathausen se han trasladado a Somalia y al Tercer Mundo, por obra del Hitler de turno, que son los señores de los mercados, que son los mismos que han reclamado que cambiemos nuestra hasta ahora Inmaculada Constitución.
      Lo de Perez Royo, demasiado benevolente, Eloy. Cuando uno bendice al Hitler de turno, ya no v alen méritos del pasado, mi querido amigo  Eloy, uno se acerca al calificativo de filonazi. Ya me estoy cansando de eufemismos y de templar gaitas.

  • juanito

    Total,que encima de sacarles las castañas del fuego a los ricos banqueros(79.000.000 de euros por jubilarse),encima tienen prioridad en cobrar,del PP puedo esperarlo,pero de un llamado partido socialista,apaga y vamonos,y que no vengan conque es necesario.
    Para eliminar gastos,que quiten el ejercito,la monarquia,el senado,menos en el congreso,la iglesia que se autofinancie y a los chorizos de los paraisos fiscales quitarles todo y a la carcél,eso seria justicia social.